Cárcel a quien difunda imágenes de cadáveres, piden diputados del PRI

Penas más fuertes cuando sean servidores públicos de seguridad o procuración de justicia

Diputados del PRI en el Congreso local plantea proteger la dignidad de los fallecidos y sancionar la difusión de imágenes o videos con dos a cuatro años de prisión y cuando el delito sea cometido por servidores públicos de instituciones de seguridad pública o procuración de justicia, las penas incrementen hasta en una tercera parte. La iniciativa no pretende sancionar a los medios de comunicación que tomen fotos en el lugar de los hechos.

La iniciativa de la legisladora Lorena Marín Moreno, establece además de 100 a 500 días multa, a quien por cualquier medio comparta, difunda o comercialice imágenes, videos y en general cualquier contenido audiovisual en el que aparezcan cadáveres o restos humanos que se encuentren bajo resguardo de una Institución de naturaleza forense, sin estar autorizado para ello.

La modificación al Código Penal estatal, busca garantizar que no se vulnere la dignidad de los mexiquenses después de fallecidos, y su aprobación representaría un avance significativo en la protección de la dignidad post mortem; que ya se aplica en otras entidades como Veracruz, Colima y la Ciudad de México, que contemplan dicho delito en sus normas penales.

Explicó que la dignidad es un derecho humano que debe ser garantizado en todo momento, por lo que pidió se reconozca el concepto de dignidad póstuma a las personas fallecidas.

Refirió que en el país el trato digno hacia los cadáveres tiene sustento en la Ley General de Salud, que estipula que los cadáveres no pueden ser objeto de propiedad y siempre serán tratados con respeto, dignidad y consideración y el Código Penal estatal, describe sanciones a diferentes conductas que atentan contra el respeto a los muertos, leyes de inhumación y exhumación; pero es recurrente encontrar en plataformas digitales imágenes que contrastan lo señalado en los ordenamientos jurídicos.

Aseguró que esto afecta la dignidad post mortem y constituye una nueva forma de vulnerar el respeto a los muertos.

“La inmediatez, facilidad y falta de restricciones de las Tecnologías de la Información y la Comunicación ha originado una serie de conductas que han vulnerado la esfera de derechos de terceras personas, como la exposición a través de diferentes plataformas digitales de cadáveres, restos humanos o lesiones graves en el cuerpo humano”.

Calificó estas acciones como lesivas para la sociedad, y más cuando las imágenes son compartidas por servidores públicos, por lo que propuso que las penas previstas incrementen hasta en una tercera parte, si el delito es cometido por un servidor público integrante de cualquier institución de seguridad pública o de impartición de procuración de justicia.

Aclaró que no se pretende sancionar a medios de comunicación que tomen fotografías del lugar de los hechos donde haya personas muertas, pues el trabajo periodístico es de carácter profesional y no se pretende restringir el derecho humano a la libertad de expresión y la garantía de acceso a la información.

ASME