¿Sabías que se pueden deducir impuestos de colegiaturas ante el SAT?
Si declaras impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tienes la posibilidad de deducir gastos a través de las colegiaturas.
Si declaras impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tienes la posibilidad de deducir gastos a través de las colegiaturas de tus hijos.
Además de viajes, gastos médicos, funerarios, las autoridades fiscales permiten la deducción de gastos relacionados con la educación.
Colegiaturas, un gasto significativo para las familias
Por lo que los contribuyentes tienen derecho a disminuir estos ingresos acumulables en la declaración anual del ejercicio.
¿Cómo deducir impuestos de colegiaturas ante el SAT?
El SAT señala que las colegiaturas en instituciones educativas privadas y con validez oficial de estudios, desde nivel preescolar hasta bachillerato son deducibles por los siguientes montos límites anuales:
- Preescolar: 14 mil 200 pesos.
- Primaria: 12 mil 900 pesos.
- Secundaria: 19 mil 900 pesos.
- Profesional técnico: 17 mil 100 pesos.
- Bachillerato o su equivalente: 24 mil 500 pesos.
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Primero, el contribuyente deberá contar con el comprobante de pago (digital e impreso) correspondiente emitido por la institución educativa.
En caso de que el contribuyente realice pagos en un mismo ejercicio fiscal, por un alumno que haya cursado dos niveles educativos, por ejemplo, que el estudiante haya cursado la primaria y la secundaria durante el mismo año, el límite anual de deducción que se podrá disminuir es aquel que corresponde al monto mayor de los dos niveles, independientemente de que se trate del que concluyó o inició.
Las cuotas por concepto de inscripción, reinscripción o la compra de útiles escolares no pueden ser deducibles, ya que solo aplica para las colegiaturas.
¿Sabías que es posible deducir el transporte escolar?
Si, siempre y cuando sea “obligatorio” por las instituciones educativas, así lo menciona el propio SAT.
La deducción de impuestos por educación tampoco aplica para las escuelas adscritas a la Secretaría de Educación Pública (SEP).
El contribuyente deberá realizar el pago de las colegiaturas con cheque nominativo, transferencia electrónica o por medio de una tarjeta de crédito, débito o de servicios.
Ya que no es posible aprovechar la deducción por gastos escolares si estese hace en efectivo.