Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, 1979
En 6 partes, con 30 artículos, y reafirmando la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos del hombre y de la mujer, la Carta de las Naciones Unidas hace al iniciar esta declaración, los siguientes considerandos: Reafirma que los roles tradicionales representados tanto por hombres como por mujeres en el transcurso de la historia, han fomentado que a la mujer se le excluya de varias actividades que le permitirán el libre desarrollo de su personalidad.
Contra todo tipo de discriminación política, económica, social y cultural se manifiesta esta Convención, la cual ha impulsado que en las constituciones nacionales se consagre el principio de la igualdad, en todos los ámbitos, entre el hombre y la mujer.
Ley para la Defensa de los Derechos Humanos de Nuevo León
Ahora pues, ya se ha mencionado que el primer Ombudsman, de nuestro país, nació en San Luis Potosí. Diremos que el Gobierno del Estado de Nuevo León también hizo lo propio, cuando formó en los albores del presente siglo, el primer club anti reeleccionista, comprometido en propiciar el desarrollo armónico de los componentes que conforman el sistema político, social y económico; promulga pues en 1979 la Ley para la Defensa de los Derechos Humanos de la Entidad, y prevé la creación de la Dirección para la Defensa de los Derechos Humanos, con 19 artículos.
Cartagena sobre los Refugiados, en 1984.
Después vendría la promulgación de Cartagena sobre los Refugiados, en 1984. Hay que recordar que, si Estados Unidos tiene un problema terrible con tres mil kilómetros de frontera y a todos los mexicanos y centroamericanos que quieren llegar allá para trabajar y poder mandar a sus hogares dólares, lo mismo tenemos nosotros con la frontera con Guatemala. País que hasta hace 25 años, estuvo en guerra por treinta.
Con la presencia de ACNUR para apoyar a los refugiados guatemaltecos en el campamento Kanasayab, en Campeche, la vista mundial estaba centrada en el sur de nuestro país.
Y como América Latina ha aportado al mundo una institución única: el asilo diplomático y no se ha quedado allí, sino que con el documento que contiene 4 incisos, amplía los causales del asilo, particularmente en lo referente a violaciones sistemáticas a los derechos humanos. Las modificaciones introducidas a la Ley General de Población de México en 1990 se inspiran mucho más en esta Declaración, que constituye el documento más avanzado del derecho de los refugiados.
Así, se mandó a un embajador especial: Oscar González César. Quien apoyó en el sentido de que, habiendo sido él también diplomático en Naciones Unidas, conocía perfectamente el problema.
Derechos Humanos y Tortura, 1985.
Qué increíble en este siglo, se hable de tortura. Aún recuerdo una exposición que se trajo, no sé de dónde, en el que había mil y una máquinas para hacer sufrir a la gente. Aún en países muy desarrollados como Estados Unidos, existe la pena de muerte. Repito, hasta nuestros días.
Así que este documento que fue integrado por un Comité Contra la Tortura, con 10 especialistas internacionales, analizaron los esfuerzos de los Estados por implementar en sus respectivas legislaciones esta convención, así como las denunciad debidamente documentadas de un Estado en donde este delito no ha sido sancionado.
Recuerdo bien en los últimos treinta años del siglo pasado, las guerras tan espantosas que se hacían en los países de Argentina, o Chile. Uruguay, también. Era impresionante que estos hombres mataran a sus hermanos. Así pues, se ha hablado mucho, pero los países hacen lo que más conviene a sus necesidades.
Con tres partes y 33 artículos, en seis idiomas, se mandó a México la copia fiel y completa en español, de la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidad, el 10 de diciembre de 1984. (Continuará)
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