Edomex: Legislatura avala penas por filtrar imágenes de cadáveres (Caso Octavio Ocaña)

A días de cumplirse dos años de la muerte de Octavio Pérez Ocaña, los diputados locales avalaron la reforma al Código Penal que impone hasta ocho años de prisión a quienes difundan imágenes de cadáveres, que es la corrección a la Ley Ingrid, y la iniciativa que impulsaron familiares del actor.

La votación se hizo por unanimidad de votos y el pleno del Congreso local dedicó un minuto de silencio por quienes post mortem fueron violados sus derechos.

La defensa legal de Octavio Pérez Ocaña y su familia a través de su hermana, Bertha Pérez Ocaña, celebraron que la iniciativa que impulsaron ahora sea ley, misma que, afirmaron, es en su memoria.

En entrevista, el abogado, Francisco Javier Hernández Salcedo, recordó que la Ley Ingrid fue invalidada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por ser confusa su redacción, que es lo que sumaron.

Foto: Especial

Edomex: Legislatura avala penas por filtrar imágenes de cadáveres (Caso Octavio Ocaña)

Además, aclaró que trabajaron para que la penalidad aumentará hasta ocho años, respecto a la iniciativa inicial, y advirtió a quienes sigan con estas prácticas de filtrar imágenes de cadáveres, porque enfrentarán penas altas, y sí pisarán la cárcel.

En tanto, la hermana de Octavio Pérez Ocaña, Bertha Pérez, aseguró que la ley es en memoria del actor y sus papás están agradecidos y felices con los resultados.

Expresó que tras la tormenta, al referirse a la muerte de su hermano y la filtración de fotos de su cadáver, viene la calma y la aprobación que realizó el Poder Legislativo local es una caricia para sus corazones.

Aseguró que la normatividad es justa y ahora ya no se fijan el tiempo que les ha implicado llegar a este momento, pues han tenido paciencia, proceso en el que se ha requerido seguir tocando puertas y levantando la mano para tener justicia.

La reforma

La reforma que fue impulsada por la bancada de Morena y PVEM, impone de cuatro a ocho años de cárcel; y si son servidores públicos tres a siete años por difundir, videograbar o hacer públicas fotos de víctimas y que vulneren la paz y privacidad de sus familias.

La sanción aplica a quienes que sin tratarse de programas preventivos, educativos o informativos que diseñen e impartan instituciones públicas o privadas que tengan por objeto la educación, realice actos de difusión, entrega, publicación, transmisión o distribución, videograbación, reproducción, exposición, filmación, fotografía.

Además, que compartan u oferten, intercambien las imágenes relacionadas con cadáveres de personas, causando menoscabo en la dignidad, el honor o la intimidad de la víctima o la seguridad, paz y privacidad de los familiares.

La iniciativa comenzó a ser analizada en septiembre y en la primera semana de este mes, hubo la participación por parte de las autoridades judiciales.

Tras avalar la Legislatura local la primera Ley Ingrid, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), promovió su inconstitucionalidad por considerarla contraria a parámetros de regularidad constitucionales que transgreden el derecho humano a la seguridad, principio de legalidad en la vertiente de taxatividad y producir un efecto inhibitorio de la libertad de expresión.

Razón por la que en julio de este año la bancada de Morena presentó una segunda versión, pero previamente en noviembre de 2022, se presentó la iniciativa bajo el nombre de Octavio Pérez Ocaña.

TAR