Estructuras tarifarias para asegurar la gestión del agua
La Fuente
En México, el Artículo 115 de la Constitución señala que la prestación de los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales es una facultad municipal.
También señala que estos servicios pueden coordinarse entre municipios del mismo Estado, entre municipios de dos o más Estados o se pueden realizar convenios entre los municipios y el Estado para que éste, de manera directa o a través del organismo correspondiente, se haga cargo en forma temporal de algunos de ellos.
La diversidad en los modelos de organización de los entes encargados de la prestación de los servicios de agua y saneamiento se refleja a su vez en que los sistemas tarifarios en México tienen diferentes estructuras de cobro.
En la mayoría de las Entidades de la República éstas se proponen por el organismo encargado, a través de las Leyes de Ingresos Municipales, y son los Congresos Locales los encargados de aprobar el sistema.
Algunas ocasiones se hace un análisis de Incidencia Fiscal y se emiten recomendaciones que son subsanadas, que es lo recomendable.
Existen también algunos estados en los que sus leyes está determinada la fórmula general mediante la cuál se debe determinar una tarifa y corresponde al organismo operador cumplirla y proponer la estructura en particular, sin embargo, en la realidad no sucede así, las aprobaciones de impuestos, derechos y contribuciones se hacen en función de los cálculos y tiempos políticos.
Existen otros casos, muy pocos, donde las tarifas y su estructura son aprobadas por los Ayuntamientos. En este modelo se tiene la ventaja de que los encargados de su validación, (los regidores y el presidente municipal), son cercanos a la problemática de la situación de su localidad.
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La desventaja es que la mayoría de los Municipios no cuenta con funcionarios que sean capaces de llevar a cabo un estudio para que las tarifas sean las adecuadas y que se garantice que “pague menos el que menos tiene”.
En una de las modalidades menos empleadas -se tienen registradas seis entidades federativas con este sistema- las tarifas son aprobadas mediante consejos o comités tarifarios, pero a la par de esta facultad está el hecho de que los consejos o comités tienen como figura preponderante a los Presidentes Municipales, quienes la mayoría de las veces toman decisiones sin considerar los estudios pertinentes.
Bajo todas estas figuras, la recaudación en México por los prestadores de los servicios de agua y saneamiento fue de apenas de 68 mil millones de pesos en 2020, de acuerdo con el reporte de las Autoridades Financieras de cada entidad.
De dicho monto, el 90% se va de gasto corriente, lo cual solo deja 6 mil 800 millones de pesos para invertir en todos los asuntos relacionados con el agua.
A este capital se le debe añadir 12 mil millones de pesos de presupuesto para los programas federales, lo que nos aproxima a unos 20 mil millones de pesos en total, lo que resulta un monto aún insuficiente si se atiende la recomendación de los organismos internacionales.
Dichas instancias señalan que un país como México requiere de un monte de inversión sostenido y progresivo del 0.3% del PIB, que en 2022 representaría un monto cercano a los 80 mil millones de pesos, es decir, que tan solo se invierte un 20% de lo recomendado.
En un evento en la Cámara de Diputados se habló de que, en México, el monto de inversión total respecto al PIB es del 3.3%, una cifra muy por debajo de lo necesario.
Pero ateniéndonos a estos números, sería deseable que fuera el 10% lo destinado a un tema tan importante y vital como lo es la gestión del agua.
¿Hace falta explicar por qué son tan necesarios los servicios del agua y su saneamiento para el presente y futuro de nuestra sociedad?
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