IEEM avala requisito de elegibilidad “8de8” para validar triunfo de candidaturas

IEEM avala requisito de elegibilidad “8de8” para validar triunfo de candidaturas

Con 8de8 la ciudadanía o asociaciones pueden denunciar casos que enfrenten alguna acusación por delito de género u otro del Código penal.

Gerardo García
Mayo 29, 2025

El Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) avaló el requisito de elegibilidad “8de8”, que se aplicará a las candidaturas previo de validar su triunfo, donde la ciudadanía o asociaciones pueden denunciar casos que enfrenten alguna acusación por delito de género u otro del Código penal.

Fue en sesión General del IEEM, que las siete consejeras electorales votaron el acuerdo de dichos criterios que buscan erradicar la violencia política en razón de género que desde el 2023 se aplica en los procesos democráticos.

Se trata del segundo y último filtro que se aplicará previó a calificar la elección y emitir la constancia de mayoría en favor de las candidaturas triunfadoras en algún cargo de magistraturas o judicatura.

Buscan que aspirantes cumplan con la totalidad de requisitos

El primer filtro se aplicó cuando los aspirantes a algún cargo judicial presentaron la documentación para su postulación en los Comités de Evaluación de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

La consejera electoral y presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, Angeli Vieyra Vázquez, calificó a la “8de8” como trascendental y una atribución que tienen como árbitro electoral para verificar los expedientes y garantizar que los aspirantes cumplan con la totalidad de requisitos de elegibilidad.

Afirmó que con ello se continuará con las acciones para erradicar cualquier tipo de violencia en contra de las mujeres.

Denuncias no solo abarcan violencia de género o por ser deudor alimentario

La consejera electoral, Karina Ivonne Vaquera Montoya, resaltó la participación que tiene la ciudadanía y asociaciones para denunciar cualquier impedimento de elegibilidad de las candidaturas para asumir el cargo por el que eventualmente salgan electas.

Resaltó que dichos casos podrán ser presentados en la Oficialía de Partes, para posteriormente la Dirección de Partido y el área Jurídico- Consultivo busquen dicha información y de ser ciertas aplicar las medidas necesarias.

Y resaltó que los casos por los que pueden ser denunciados no sólo abarcado por violencia de género o por ser deudor alimentario, sino los previstos en el Código Penal, como lesiones u homicidio.

La consejera electoral, Paula Melgarejo Salgado, enfatizó que fueron dos momentos los establecidos para que las candidaturas concretaran su registro, la primera con una carta bajo protesta de decir la verdad, de buena fe, ante los Poderes del estado, y posteriormente la revisión de los requisitos.

Y apuntó que los delitos establecidos se fijaron como enunciativos, no como limitativos.

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