Proponen el uso de brazalete electrónico en lugar de prisión preventiva

Quienes cometan extorsión sin agravantes o delitos contra la salud que no sean graves, podrían acceder al beneficio de brazaletes electrónicos en lugar de la medida de prisión preventiva oficiosa.

Esta medida cautelar podría comenzar a implementarse en breve luego de ser informados los fiscales regionales sobre las condiciones de quienes podrían obtener el beneficio.

De acuerdo con lo publicado en la Gaceta de Gobierno el 15 de septiembre, el documento señala que esta alternativa es en sustitución de la prisión preventiva oficiosa por el beneficio de los brazaletes electrónicos.

Los agentes del Ministerio Público, sin perjuicio de cualquier otra medida adicional, solicitarán ante el Juez la medida cautelar de colocación de localizadores electrónicos.

Excepto a transporte público (siempre y cuando no haya causado lesiones o la muerte de las víctimas, no haya usado armas de fuego o explosivos en su ejecución y sea primodelincuente).

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Además que al momento de su detención no cuente con alguna investigación o proceso penal y no sea servidor público activo.

También podrán acceder a ello quienes hayan cometido delitos contra la salud, extorsión sin agravantes y el ejercicio abusivo de funciones.

Para ello, la solicitud que realice el agente del Ministerio Público deberá contener el número de carpeta de investigación.

Así como el tipo de delito, la clasificación jurídica, los datos de identificación de la víctima u ofendido y del imputado.

También la narración que explique el hecho en tiempo, lugar, modo y forma de intervención.

Además de la justificación de la solicitud que incluya la protección de los derechos de la víctima.

También ofendidos y comunidad y una evaluación de riesgo del Centro Estatal de Medidas Cautelares.

¿Cuáles serían los beneficios de los brazaletes electrónicos?

Estos facilitarían el control y monitoreo en tiempo real de la persona, lo que permite garantizar la no sustracción a la acción de la justicia.

Así como el establecimiento de un cerco virtual que delimita su campo de acción.

La Fiscalía propuso lo anterior bajo el enfoque de la perspectiva de género y progresividad de los derechos humanos.

Pues resulta necesario analizar aquellos casos en los que la prisión preventiva oficiosa no resulte proporcional para garantizar la comparecencia del imputado en el proceso, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, esto es que aun y cuando de inicio la propia Ley sustantiva establezca dentro de un catálogo la procedencia de dicha medida, se faculta al agente del Ministerio Público para optar por una más benéfica.