Reformas a la Ley del Periódico Oficial

Reformas a la Ley del Periódico Oficial

Crónicas Legislativas Mexiquenses

Redacción
Junio 6, 2025

El 7 de mayo la 62 Legislatura a iniciativa de la gobernadora y del diputado Gerardo Pliego Santana (morena) aprobó el decreto número 115 publicado en la sección segunda de la Gaceta del Gobierno del 16 de mayo, por el que reformó la Ley del Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México, para que se deje de editar en forma impresa el Periódico Oficial “Gaceta de Gobierno” y este se siga publicando en formato electrónico en el portal informativo del Gobierno del Estado a cargo de la Dirección General de Legislación y del Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

Se indica en este decreto que “la versión electrónica del Periódico Oficial tendrá validez legal y el carácter de documental pública cuando se emita por la Dirección y/o la Subdirección, garantizando la integridad y autenticidad de su contenido mediante firma y sello electrónico y previo pago de la contribución respectiva cuando se soliciten ejemplares certificados.

Además de la edición electrónica, se imprimirán cinco ejemplares, con idénticas características y contenido, para efectos de evidencia documental, así como para garantizar la publicación del Periódico Oficial en los casos en que resulte imposible por causas de fuerza mayor acceder a su edición electrónica, así como para remitir un ejemplar a los Poderes Legislativo y Judicial. Dichos ejemplares no estarán a la venta al público y quedarán en custodia de la Dirección, y de los poderes públicos respectivos.

Las personas servidoras públicas de los poderes del Estado, organismos autónomos, organismos auxiliares, ayuntamientos y demás autoridades tienen la obligación de aceptar la versión electrónica del Periódico Oficial cuando se publiquen documentos derivados de actos, procedimientos, trámites o resoluciones de su competencia”.

Entre las disposiciones que regularon el periódico oficial en el siglo XIX están la que aprobó el Presupuesto del Periódico Oficial Reformador (decreto 321 del 1 de junio de 1833), la que adscribió el Periódico Oficial “El Porvenir” al Congreso (decreto 22 del 29 de enero de 1847), la que transfirió el Periódico Oficial al Ejecutivo (decreto 321 del 1 de junio de 1833), la que dispuso que el Periódico Oficial “La Ley” quede a cargo del Congreso (decreto 84 del 14 de octubre de 1868) y la que  estableció que el Periódico Oficial “La Ley” quede a cargo del Ejecutivo (decreto 4 del 26 de marzo de 1870).

Cabe señalar que, la actual “Gaceta del Gobierno”, con algunas variantes en sus nombres, se instituyó a partir del Periódico Oficial “La Ley” que se editó por primera vez el 7 de enero de 1868 en sustitución del Periódico Oficial “La Victoria” del Gobierno del Distrito de Toluca que se instituyó el 7 de enero de 1867. Entre las variantes de nombre del Periódico Oficial están “La Gaceta del Gobierno” (27 de marzo de 1889), “Gaceta del Gobierno” (1 de julio de 1899), “Periódico Oficial del Gobierno del Estado de México” (30 de noviembre de 1915) y la actual “Gaceta del Gobierno” (28 de junio de 1919).

Finalmente se señala que con esta reforma se consolida la edición electrónica de la Gaceta del Gobierno con su sistema Legistel (consulta de leyes, códigos, decretos y reglamentos), que lo ideal sería que los ejemplares impresos de la Gaceta se remitan a las bibliotecas de los Poderes Legislativo y Judicial y al Centro de Documentación del Ejecutivo, que la Ley del Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México (decreto 57) se publicó en la Gaceta del Gobierno el 6 de enero de 2016 y que al entrar en vigor esta se derogó el Libro Décimo Quinto “Del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de México” del Código Administrativo del Estado de México publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 5 de enero de 2006 (decreto 205).

Sigue nuestro CANAL de WHATSAPP y entérate de la información más importante del día con La Jornada Estado de México.

TAR

UAEM2