Sanciones más rigurosas por el TEPJF
El solo hecho de un señalamiento crítico derivado de una supuesta subordinación de alguna aspirante mujer a un hombre de poder (o que provenga de otra mujer), ahora se castigará más severamente como violencia política de género (VPG).
Lo anterior fue establecido por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) con su nueva presidenta Mónica Soto Fragoso; así como con los magistrados Felipe Fuentes y Felipe de la Mata Pizaña.
Pero qué es la VPG, este concepto de acuerdo con el Instituto Nacional Electoral (INE) implica asumir que cualquier mujer en ejercicio de sus derechos político-electorales puede ser víctima de violencia, independientemente si es candidata o ejerce un cargo de elección popular.
Puedo mencionar que las actuales candidatas a la presidencia de la República, Xóchitl Gálvez y Claudia Sheinbaum, han manifestado su inconformidad por las discriminaciones que sufren por ser mujeres, en un mundo todavía muy masculinizado.
Las acciones u omisiones de personas, servidoras o servidores públicos que se dirigen a una mujer por ser mujer, menoscabando o anulando sus derechos político-electorales, incluyendo el ejercicio del cargo; por medio de violencia física, psicológica, simbólica, sexual, patrimonial, económica o feminicida, forman parte del Protocolo para la Atención de la Violencia Política.
A finales del mes pasado fueron aprobados los nuevos criterios del TEPJF y se endureció al proscribir los señalamientos críticos que podrían darse sobre la presunta supeditación política de candidatas a liderazgos masculinos.
Estos nuevos criterios también se derivaron del caso de la actual gobernadora del Estado de México; quien como precandidata fue tachada por la diputada Melissa Vargas del PRI, de depender de un grupo de hombres en las decisiones políticas.
Se dio la razón a la morenista, por lo que la diputada Vargas sería inscrita en el padrón de personas violentadoras y queda inhabilitada para contender por un nuevo cargo. Hecho que tendrá implicaciones en la ahora competencia presidencial.
Aunque hubo magistrados como Reyes Rodríguez y Janine Otálora que señalaron que lo expresado por la diputada forma parte de expresiones que se dan en una contienda electoral, le costó a Reyes Rodríguez la titularidad del Tribunal.
Antes la violencia política de género era juzgada con tolerancia, bajo el argumento de que existe el derecho a la libertad de expresión y ahora se señalan los límites de señalamientos críticos y con un mayor rigor se juzgarán las quejas por VPG.
Es importante decir que los congresistas han puntualizado que la mayor VPG la ha ejercido el Ejecutivo Federal contra abanderadas de partidos que no es el suyo y piden que el TEPJF no sea omiso y que esta violencia sea causal de nulidad de una elección, por lo que la diputada federal Carolina Viggiano Austria presentó una iniciativa de reforma constitucional al Artículo 41.
Así las sanciones que se aplicarán en México para la atención de la violencia política contra las mujeres en razón de género implican la amonestación pública, multa, reducción del financiamiento público, interrupción de la propaganda política o electoral, cancelación del registro como partido político y pérdida de derecho al registro o cancelación del registro de la candidatura.
Y estas se impondrán a partidos políticos, servidoras públicas, concesionarios de radio y televisión, precandidatas, agrupaciones políticas, personas afiliadas a partidos políticos, candidatas, observadoras electorales o ciudadanía.
DB