Conagua condena asesinato de seis perritos en planta de bombeo al oriente del Edomex

La Comisión Nacional de Agua (Conagua) condenó el asesinato de seis perritos en una plata de bombeo del oriente mexiquense, cometido por un empleado de la empresa Proyectos y Construcciones Urisa S.A. de C.V, la cual fue contratada por la institución.

A través de un comunicado se refirió a las denuncias realizadas por la agrupación Mundo Patitas, quien exhibió como el agresor de nombre Benjamín, el pasado 6 de junio ahorcó a los caninos y luego los subió a la batea de una camioneta.

“CONDENAMOS ENÉRGICAMENTE cualquier conducta de maltrato animal y no justificamos bajo ninguna condición la realización de este tipo de prácticas ni por parte de nuestro personal ni de ninguna otra persona ajena a la misma”, expuso en el documento.

Condenan asesinato de seis perritos en planta de bombeo

La dependencia federal indicó que los hechos, que la organización Mundo Patitas ha denunciado y que ocurrieron fuera de las instalaciones de la planta de bombeo “La Caldera”, a cargo del Organismo de Cuenca Aguas del Valle de México de Conagua, no fueron llevados a cabo ni fueron instruidos por ningún servidor público de la institución.

“Como es de conocimiento público, la Fiscalía del Estado de México anunció desde el 7 de julio la detención de una persona por su probable intervención en el delito de maltrato animal, ya que habría causado la muerte a seis caninos que pernoctaban en una planta de bombeo y tratamiento de aguas residuales”, añadió.

Precisó también que el individuo detenido se encontraba fuera de la planta de bombeo.

“Los acontecimientos estuvieron a cargo de personal de la sociedad mercantil Proyectos y Construcciones Urisa S.A. de C.V., que si bien fue contratada por la Conagua para operar la planta, tiene la responsabilidad sobre el control de su personal, según lo establece la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público”.

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Solicitan continuar con las investigaciones hasta sancionar al responsable

Expuso que Conagua no actúa como “patrón sustituto” de la persona indiciada, como se establece en el contrato con la sociedad mercantil mencionada, que en su cláusula vigésima quinta indica que:

“EL PRESTADOR DEL SERVICIO reconoce y acepta ser el único patrón de todos y cada uno de los trabajadores que intervienen en la prestación de los servicios, por lo que, deslinda de toda responsabilidad a ‘LA CONAGUA’ respecto de cualquier reclamo que en su caso puedan efectuar sus trabajadores”.

La dependencia indicó que estarán atentos para colaborar con la Fiscalía del Estado de México, si así se requiere, para el completo esclarecimiento de los hechos mencionados.

Además solicitó a la autoridad continuar con las investigaciones hasta sancionar al responsable de las condenables prácticas de maltrato animal.

Foto: Especial

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