A partir del mes de diciembre, las personas registradas como deudores alimentarios no podrán tramitar su licencia de conducir en el estado de Veracruz, informó la Secretaría de Seguridad Pública (SSP).
La disposición deriva del artículo 135 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Deudores alimentarios de Veracruz no podrán tramitar la licencia
La dependencia estatal, a través de sus redes sociales, explicó que quienes realicen trámites relacionados con licencias deberán presentar el certificado emitido por el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA), documento que podrá obtenerse en la página oficial del sistema: rnoa.dif.gob.mx.
La Secretaría de Seguridad Pública destacó que este certificado deberá considerarse como un requisito adicional, al igual que cualquier otro documento obligatorio para el proceso.
“Por disposición oficial, para realizar tu trámite de licencia de conducir deberás entregar el Certificado de No. de Inscripción al Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias. ¡Considera que éste es un requisito más para que puedas obtener tu licencia!”, señaló la dependencia.
La medida ha generado diversas opiniones entre la ciudadanía
Aunque el trámite del certificado es gratuito, algunos usuarios expresaron preocupación por posibles actos de corrupción en los módulos de atención.
Otros criticaron que la restricción no guarda relación con la capacidad técnica o el conocimiento necesario para manejar, calificándola incluso como un posible abuso.
“Nada tiene que ver eso con las licencias”, comentó un usuario en redes sociales, reflejando el sentir de parte de la población que ve en esta medida una decisión cuestionable.
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SPM

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