Edomex: ¿Cuál es la fecha límite para recibir las utilidades?
¿Cuál es la fecha límite para recibir las utilidades?. El reparto de utilidades debe depositarse dentro de los 60 días siguientes a la presentación de la declaración anual ante el SAT.
El sector empresarial del Estado de México, se encuentra en condiciones de cumplir con el reparto de utilidades, el 80% ya lo hizo, por lo que muchas unidades económicas harán el esfuerzo por cumplir con lo que establece la ley en la materia.
Así lo coincidieron en señalar Mauricio Massud Martínez y Rogelio Argüelles Madrigal, presidente del Consejo de Cámaras y Asociaciones Empresariales de la entidad (Concaem) y director general del Parque Industrial Toluca 2000, respectivamente, quienes aseguraron que entregarán esta prestación en tiempo y forma.
¿Cuál es la fecha límite para recibir las utilidades?
En entrevista, Massud Martínez aseguró que los empresarios prevén este pago con anticipación, motivo por el cual lo otorgarán sin ningún contratiempo o problema.
“Sabemos que se trata de obligaciones que se encuentran establecidas en la ley, pero que impactan financieramente en sectores como las pequeñas y medianas empresas (Pymes)».
Consideró que a las Pymes generalmente les toca “remar contra corriente”, pero antes de que finalice cada año realizan el ejercicio de guardar los recursos económicos para cumplir con las utilidades.
“Todavía nos encontramos inmersos en una reactivación económica, y la realidad es que no alcanzamos los niveles de crecimiento anteriores a la pandemia del Covid-19. Esperamos que para el 2025 ya podamos hablar de recuperación”, externó.
¿Cuándo se deben entregar las utilidades?
Es importante mencionar que La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que el reparto de utilidades debe depositarse dentro de los 60 días siguientes a la presentación de la declaración anual ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT), lo cual quiere decir que, por lo general, éstas se pagan entre mayo y junio.
Se trata de un derecho Constitucional de los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado.
Por ende, se debe otorgar a más tardar el 30 de mayo en el caso de los trabajadores que laboran para una persona moral (empresa), mientras que los trabajadores que laboran para una persona física (patrón), deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio.
Mientras que Rogelio Argüelles indicó que prácticamente el 80% de las empresas ya cumplieron con esta prestación, aunque existen algunas que todavía no lo han hecho, y que estarán llevando a cabo el pago en los próximos días.
“Sabemos que el reparto de utilidades representa una obligación, y existen sectores que tuvieron un excelente año, pero también otros que no se han podido recuperar, desde el periodo de pandemia”, sostuvo.
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ASB
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