Edomex: Proponen reformas en nulidad de matrimonio por violencia

Propuesta de nulidad de matrimonio por violencia

Edomex: Proponen reformas en nulidad de matrimonio por violencia

Legisladora pide que la nulidad de matrimonio por violencia se solicite sin que corra un plazo en Edomex.

Gerardo García
Septiembre 23, 2026

La bancada de Morena urgió que la nulidad del matrimonio por violencia en el Estado de México se solicite sin que corra un plazo mientras la violencia continúe o existan condiciones que impidan o limiten a la víctima denunciar.

Propuesta de nulidad de matrimonio por violencia

La legisladora morenista, Daniela Ballesteros Lule, presentó la propuesta por la que se reforma el Código Civil mexiquense en su artículo 4.71, y adicionar un segundo párrafo al artículo 4.70.

En tribuna, explicó que con la reforma se busca que la violencia sea valorada con perspectiva de género, considerando el contexto de riesgo, la continuidad o repetición de los actos y la situación particular de la víctima.

Citó que la legislación actual establece un plazo de un año para ejercer la acción de nulidad matrimonial por violencia, contado a partir de que esta haya cesado. Pero lamentó que en muchos casos las víctimas permanecen durante largos periodos bajo condiciones de control, dependencia económica, temor a represalias o sometimiento psicológico.

“Cuando hablamos de una violencia, no podemos exigirle a la víctima que actúe como si se encontrara en igualdad de condiciones frente a quien la agrede. Porque precisamente una de las características… es que puede generar condiciones de dependencia, temor, que hace más difícil pedir ayuda”, expresó.

Ante ello, la parlamentaria explicó que la reforma que presenta prevé que la acción de nulidad no esté sujeta a prescripción mientras subsista la violencia o permanezcan condiciones que limiten o imposibiliten a la víctima para denunciar.

Piden medidas de protección en favor de la víctima

Consideró necesario que se contemple la violencia física, psicológica, económica, sexual, emocional o de cualquier otra naturaleza que afecte el libre consentimiento; si esta subsiste al solicitar la nulidad, la persona juzgadora deberá dictar las medidas necesarias para proteger la integridad y seguridad de la víctima.

“La violencia no funciona con calendarios, una víctima no puede identificar el día en que terminó el miedo; cuándo recuperó su autonomía; o en qué momento contó con las condiciones económicas, psicológicas, y materiales para acudir ante el tribunal”, aseveró.

Finalmente, Ballesteros Lule aclaró que, en caso de que la violencia continúe al momento de solicitar la nulidad matrimonial, se plantea que la persona juzgadora dicte de oficio las medidas de protección en favor de la víctima.

Recursos Alertas de Género

Por su parte, la diputada local del PT, Ana Yurixi Leyva Piñón, propuso que los 11 municipios mexiquenses con Alerta de Violencia de Género por feminicidio y desaparición, publiquen en sus Gacetas Municipales el presupuesto que reciben en la materia.

La intención, explicó, no es solo conocer los montos que les sean asignados para atender dicha alerta, sino los planes operativos correspondientes.

Por lo anterior, planteó reformar la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, y con ello fortalecer la transparencia sobre los recursos destinados. Cabe recordar que cada año se destinan 260 millones de pesos para operar las dos Alertas de Género, monto ejercido entre el Estado y las demarcaciones.

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MPH

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