En el primer bimestre del año en el Estado de México se han abierto casi 40 carpetas de investigación por delitos contra el ambiente, entre ellas por incendios forestales provocados. Apenas el miércoles pasado entró en vigor la ley que tipifica el ecocidio, misma que considera los casos de fuegos forestales en zonas protegidas hasta con 18 años de cárcel.
De acuerdo con el reporte federal, la entidad mexiquense acumula en la temporada de estiaje 297 fuegos forestales del 1 de enero al 19 de marzo, con una extensión de 2 mil 672 hectáreas afectadas, aunque de ellas mil 573 hectáreas son pastizales.
Carpetas de investigación
Cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), arrojan que en enero se presentaron 18 denuncias, mientras que en febrero ascendieron a 21, para dar un total de 39 asuntos, cuatro menos que en el mismo período, pero del 2025.
Lo anterior representó que cada semana se hayan atendido cerca de 5 denuncias por delitos contra el ambiente.
Por otra parte, cifras del SESNSP refieren que en 2025 se abrieron 249 carpetas de investigación por dicha conducta delictiva, 43 menos que en 2024, equivalente a una reducción de 14%.
Las autoridades de las Secretaría del Campo, y de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible no han reportado casos de personas detenidas por incendios provocados en este año.
La titular del Campo, María Eugenia Rojano Valdés, reconoció que en 2026 han aumentado los incendios forestales en comparación al 2025, aunque resaltó las acciones preventivas como las quemas controladas y las capacitaciones al sector agrícola.
Y su homóloga del Medio Ambiente, Alhely Rubio Arronis, resaltó la coordinación como equipamiento de las distintas áreas encargadas en el monitoreo de emergencias forestales. Además, celebró que las lluvias atípicas han ayudado en algunas regiones.
Reformas
Un mes después de su aval en el Poder Legislativo, entraron en vigor las reformas que imponen hasta 18 años de cárcel por cometer ecocidio.
La misma aplicará cuando la acción provoque daños irreversibles o afecten ecosistemas estratégicos; ocurra en áreas naturales protegidas, zonas de recarga hídrica, humedales o corredores biológicos; o se vean afectadas especies en peligro de extinción o endémicas.
Entre las conductas destaca el endurecimiento de las penas cuando se trate de incendios forestales en áreas naturales protegidas. Otros casos serán la contaminación por microplásticos, el manejo inadecuado de residuos electrónicos y la omisión de medidas de mitigación en proyectos de alto impacto ambiental.
También se imponen estas sanciones a quienes obstaculicen, alteren o destruyan sistemas de monitoreo ambiental, sensores, estaciones meteorológicas o equipos destinados a la vigilancia y prevención de riesgos ambientales.
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