Las nuevas disposiciones del Reglamento de Tránsito Edomex 2025 contemplan fotomultas, sanciones más severas y nuevas reglas para motociclistas.

Las nuevas disposiciones del Reglamento de Tránsito Edomex 2025 contemplan fotomultas, sanciones más severas y nuevas reglas para motociclistas.

¡Atención! Entrarán en vigor el 25 de noviembre nuevas fotomultas y sanciones en Edomex

¡Ojo conductores! Nuevo Reglamento de Tránsito Edomex 2025: regresan fotomultas y endurecen sanciones para motociclistas.

Redacción
Noviembre 11, 2025

El gobierno del Estado de México publicó este lunes en la edición vespertina de la Gaceta de Gobierno reformas al Reglamento de Tránsito, en las que se contemplan la introducción de fotomultas, mayores restricciones para los motociclistas y sanciones ejemplares para quien invada los carriles confinados del transporte público, entre otras modificaciones.

Estas reformas entrarán en vigor el próximo 25 de noviembre en todo el Estado de México y las encargadas de hacer valer la normatividad serán las mujeres que integren la policía de tránsito de la entidad y de los cuerpos municipales, pues ellas serán las únicas facultades para imponer infracciones.

Las reformas impulsadas por la gobernadora Delfina Gómez incluyen la de establecer un nuevo régimen de sanciones, en el cual se eliminan las multas fijas, sustituyéndolas por rangos mínimos, medios y máximos, que se aplicarán según el historial que tenga el conductor o infractor.

Es decir la multa mínima se aplicará cuando el infractor no tenga historial de sanciones o no tenga multas pendientes de pago; la media, cuando haya de dos a tres incumplimientos; y la máxima, cuando existan cuatro o más infracciones sin pagar.

Una de las innovaciones del nuevo Reglamento de Tránsito será la posibilidad de imponer sanciones a través de foto multas, “siempre con la debida señalización preventiva”, calibración de equipos y respeto al derecho de audiencia y defensa de las personas.

Con el nuevo reglamento, los motociclistas estarán obligados a cumplir una serie de lineamientos, pues de entrada deberán de contar con licencia para conducir motos, pues las licencias de conducir tipo A y B y los permisos provisionales de práctica, no serán válidos para conducir estos aparatos.

También se establece que las motocicletas únicamente podrán ser conducidos por personas mayores de edad y que porten licencia de motociclista vigente, ya sea en formato físico o digital. Para la obtención de la licencia de conducir para motociclista, se requiere acreditar un examen teórico y práctico realizado por la Secretaría de Movilidad.

También deberán abstenerse de transportar niñas, niños o adolescentes, que no puedan sujetarse por sí mismos a la motocicleta, sentarse correctamente o apoyar firmemente los pies en los posapiés y tanto el conductor de la moto como el acompañante deberán portar como mínimo el casco certificado que cumpla con las especificaciones de seguridad.

El nuevo Reglamento de Tránsito también prevé sancionar a aquellos conductores de automotores que generen ruidos excesivos o usen irracionalmente las bocinas o los escapes.

Las multas por estacionarse en camellones o por obstruir aceras, así como por invadir el carril confinado del transporte o conducir en sentido contrario van de los 16 UMAS, la mínima; 18 UMAS la media y 20 UMAS la máxima, es decir, de mil 810 pesos,  dos mil 36 pesos y 2 mil 262 pesos respectivamente.

Las mismas sanciones se aplicarán para aquellos que participen en arrancones en la vía pública, los que conduzcan sin licencia, los que obstruyan rampas o cruceros peatonales, circulen sin placas o tarjeta de circulación y quien sea sorprendido usando el celular mientras maneja.

También se aplicarán las mismas sanciones a quien conduzca en estado de ebriedad o intoxicado con algún psicotrópico, solo que en estos casos se retendrá el vehículo y procederá un arresto de 48 horas inconmutable.

Para quien conduzca motocicleta sin casco, las multas van de los 3 a los 5 UMAS, es decir de los 340 pesos a los 565 pesos.

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jcm

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