Marzo de 2026 llega con el cambio de estación y una de las conmemoraciones más importantes del calendario civil mexicano. Aunque el mes cuenta con varias fechas simbólicas, la Ley Federal del Trabajo (LFT) solo reconoce una como descanso obligatorio, generando el segundo fin de semana largo o “puente” del año.
Si laboras en un día festivo, tienes derecho a recibir un pago triple por tu jornada.
Aquí te detallamos las fechas clave y lo que dice la ley sobre tu remuneración si te toca estar en la oficina o el negocio ese día.
El “Puente” de marzo: Natalicio de Benito Juárez
Aunque el “Benemérito de las Américas” nació un 21 de marzo, la ley establece que el día de descanso se recorre al tercer lunes del mes para incentivar el turismo y el descanso familiar.
- Día de descanso oficial: Lunes 16 de marzo de 2026.
- Motivo: Conmemoración del Natalicio de Benito Juárez.
- Primavera y Semana Santa: El 21 de marzo ocurrirá el equinoccio de primavera, mientras que el 29 de marzo iniciará la Semana Santa con el Domingo de Ramos. (Nota: La Semana Santa no es descanso obligatorio por ley, pero sí es periodo vacacional escolar).
¿Te toca trabajar? Así deben pagarte
Si por la naturaleza de tu empleo debes laborar el lunes 16 de marzo, la ley es muy clara respecto a tu compensación económica. El esquema es el siguiente:
- Tu salario diario normal (por el día laborado).
- Un salario doble adicional (como compensación por el día festivo).
En resumen: Debes recibir un pago triple. Por ejemplo, si ganas 300 pesos al día, el patrón deberá pagarte esos 300 más otros 600 pesos, dando un total de 900 pesos por esa jornada.
¿Qué pasa si no me pagan lo que corresponde?
El descanso obligatorio no puede ser sustituido por un día de descanso ordinario a menos que haya un acuerdo mutuo, pero el pago extra es irrenunciable. Si tu empresa no cumple, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para recibir asesoría gratuita y realizar una denuncia.
Fechas importantes en el calendario de marzo 2026
- 2 de marzo: Depósito de la pensión IMSS (primer día hábil).
- 16 de marzo: Día de descanso obligatorio (Puente).
- 21 de marzo: Inicio de la Primavera.
- 29 de marzo: Inicio de la Semana Santa (Vacaciones SEP).

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