“Donde no hay justicia, es peligroso tener razón”. La advertencia sigue vigente, en un país donde la corrupción adquirió rasgos estructurales y sistémicos, la ley debe ser más fuerte que el corrupto, y la institucionalidad debe ser más sólida que cualquier intento de revancha. El auditor no puede temer señalar irregularidades; la estructura legal debe ser su escudo, no su amenaza.
México vive una paradoja, la exigencia social de combatir la corrupción es legítima y urgente, pero al mismo tiempo es indispensable preservar la legalidad y el equilibrio institucional; el Semanario Judicial de la Federación publicó una tesis con un mensaje claro: no procede imponer sanciones administrativas a personas servidoras públicas cuando actúan dentro del margen razonable de su ejercicio profesional.
Significa que un auditor o autoridad fiscalizadora no puede ser castigado simplemente porque una presunta responsabilidad que determinó se desvirtúe en instancias posteriores y concluya con una exoneración. El control no es infalible; es un ejercicio técnico que implica interpretar normas, valorar pruebas y ejercer discrecionalidad profesional.
El criterio es jurídico, pero su impacto es político, existe el riesgo de confundir el objetivo del sistema, sancionar al responsable, no inhibir al órgano que investiga, si cada procedimiento que no prospera se tradujera en represalia contra quien lo inició, la fiscalización operaría bajo la lógica del miedo.
Un auditor que teme consecuencias personales por ejercer sus atribuciones difícilmente actuará con firmeza. El Estado no puede exigir resultados en la lucha contra la corrupción y, al mismo tiempo, castigar el ejercicio técnico cuando el desenlace no coincide con la expectativa pública.
El margen razonable no equivale a impunidad, la protección no cubre la arbitrariedad, la irracionalidad ni la actuación ilegal o carente de motivación, cuando el aparato de control se usa sin sustento o con fines ajenos a la legalidad, la responsabilidad subsiste.
El equilibrio es delicado pero imprescindible, fiscalizar no es absolver ni condenar de antemano; es investigar con fundamento, técnica y respeto al debido proceso, la responsabilidad debe recaer en quien comete la falta, no en quien la señala de buena fe y con sustento profesional.
El miedo al miedo es la antesala de la impunidad, primero paraliza la denuncia y luego normaliza la represalia, cuando el auditor actúa con temor, su criterio se debilita y cuando el control pierde firmeza, la corrupción avanza. Combatirla exige decisión, pero también reglas claras que protejan el ejercicio técnico honesto, sin ese equilibrio, el Estado de derecho se erosiona desde dentro.
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