Karina Lizbeth Hamud Pérez falleció el 19 de agosto de 2019 en la comunidad de “El Potrero”, en el municipio de La Paz, a consecuencia de un disparo realizado durante un operativo de la policía municipal, dejando en la orfandad a una niña de 3 años de edad, por lo que en octubre del 2021 el Cabildo de Los Reyes La Paz, encabezado por la entonces Presidenta Municipal, Olga Medina Serrano, aprobó un acuerdo para otorgar un apoyo de 100 mil pesos a la menor.
Exigen a Martha Guerrero cumplir acuerdo de apoyo para hija de víctima de violencia policial
Por esos hechos se inició la Carpeta de Investigación NEZ/FHO/UHN/062/234221/19-08 en contra del entonces subdirector de Seguridad Pública Juan Carlos “N”.
Han transcurrido más de cuatro años desde ese acuerdo y no se castigado al o a los responsables del homicidio ni se ha entregado el apoyo económico a la abuela de la infante quien se ha hecho cargo de la pequeña, quien hoy tiene 10 años de edad.
Por ello, la representación jurídica de la señora Sandra Hamud Pérez,
madre de la víctima y abuela de la menor, dirigió una carta abierta a la presidenta municipal de La Paz, Martha Guerrero Sánchez, el pasado 23 de enero, en la que exige el cumplimiento del acuerdo de Cabildo aprobado en 2021.
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Sin embargo, el pasado 10 de febrero de 2026 el director jurídico del Ayuntamiento, Juan José Zaragoza Chávez, negó el cumplimiento del acuerdo con el argumento de que no se habían exhibido copias certificadas que acreditaran la guarda y custodia de la menor.
No obstante, el promovente sostiene que dichas copias certificadas —correspondientes al Expediente 6458/2020 del Juzgado Mixto del Distrito Judicial de Nezahualcóyotl con residencia en La Paz— fueron entregadas oficialmente el 23 de enero de 2026 ante la Oficialía de Partes del Ayuntamiento.
El acuse habría sido firmado por la titular de esa unidad administrativa, Rocío Claudia Contreras León. Según lo expuesto, los documentos permanecieron en la oficina de la Presidencia Municipal y fueron devueltos el 12 de febrero de 2026.
Constancias judiciales
En las constancias judiciales referidas se acredita que Sandra Hamud Pérez ejerce la guarda y custodia de la menor desde el 11 de octubre de 2019, mientras que el padre biológico renunció a la patria potestad y la familia paterna declinó asumirla.
Por lo que en la solicitud presentada ante el Ayuntamiento se invocaron los artículos 1°, 4° y 8° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativos al principio pro persona, el interés superior de la niñez y el derecho de petición.
Asimismo, se mencionaron tratados internacionales ratificados por México, como la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención de Belém do Pará, así como criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que reconocen que la guarda de hecho puede generar derechos y obligaciones cuando se tutela el interés superior del menor.
Sin embargo, todo ello fue ignorado por el director jurídico, Juan José Zaragoza, por lo que los denunciantes pidieron la intervención directa de la Presidenta Municipal para que la menor obtenga el apoyo comprometido.
“Una niña crece sin su madre y una abuela asume sola su educación, alimentación y cuidado, mientras un acuerdo aprobado permanece sin ejecutarse”, señaló el despacho que brinda asesoría jurídica a la señora Sandra Hamud.
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