El Poder Legislativo aprobó, por unanimidad de votos, tipificar como delito la conducta de montachoques con penas de hasta 24 años de cárcel en el Estado de México, que beneficiará a más de seis millones de conductores.
La propuesta de reforma al artículo 306 del Código Penal del Estado de México y la misma ahora deberá turnarse al Ejecutivo mexiquense para su publicación en Gaceta de Gobierno y su entrada en vigor.
Montachoques son presentes en 60 municipios del Edomex
La sanción se aplicará a quienes intencionalmente provoquen un incidente de tránsito con el propósito de obtener un beneficio económico indebido mediante amenazas o engaños, simulando ser víctimas del siniestro, hecho conocido como “montachoques”.
El autor de la iniciativa, el diputado local de Morena, Octavio Martínez Vargas, reconoció a los integrantes de la Cámara de Diputados, el que discutan un tema sentido que cobra relevancia por cada 3 ciudadanos, hay un vehículo en la entidad.
Lamentó que esta conducta delictuosa se presenta en al menos 60 municipios mexiquenses, por lo que agregó una reserva para que este tipo penal se traslade a extorsión y no a fraude.
Edomex sería la primera en tipificar el delito de montachoques
Además, enfatizó que la entidad mexiquense sería una de las primeras a nivel país que apruebe este tipo penal en términos de extorsión y con ello se dará certeza vial y jurídica a más de 6 millones de vehículos.
“Se armoniza con la Ley general de aprobarse en el Senado y daremos certeza vial, jurídica, a seis millones 348 mil conductores de esta entidad”, expresó.
La reforma ahora sanciona con hasta 12 años de prisión y 300 días de multa a las personas conocidas como “montachoques”. Pero la misma se duplica, hasta 24 años, cuando se cometa contra adultos mayores, personas con alguna discapacidad, mujeres o grupos vulnerables.
¿Qué son los montachoques?
Según el proyecto de reforma se advierte que las y los montachoques son grupos organizados que, mediante acciones premeditadas, provocan colisiones vehiculares para exigir compensaciones económicas a las víctimas.
La conducta se argumenta, no solo configura un acto de extorsión, sino que involucra otras conductas como amenazas, daños materiales, lesiones y afectaciones patrimoniales.
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MPH

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