Durante su participación en un foro sobre derecho ambiental, Alejandra Rabasas Salinas, titular de la Unidad General de Conocimiento Científico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), planteó la urgencia de crear juzgados especializados en materia ambiental. Según explicó, esta medida permitiría avanzar en el acceso a la justicia para personas y comunidades afectadas por daños al entorno.
La llave a la justicia ambiental es la legitimación
Rabasas recordó que desde hace más de una década se ha considerado esta propuesta en la legislación nacional.
“Yo creo mucho en los juzgados especializados en materia ambiental, de hecho, desde 2013 la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental hablaba de que debía valorarse la posibilidad de crear juzgados especializados en materia ambiental y el Consejo de la Judicatura Federal se fue por la especialización judicial, que era otra opción, pero definitivamente creo que la llave a la justicia ambiental es la legitimación”, apuntó.
Durante su intervención, también destacó la necesidad de ampliar la perspectiva jurídica sobre el derecho ambiental más allá del juicio de amparo, para incorporar otras herramientas legales que permitan atender distintos casos.
“No quiero hablar del interés legítimo, porque eso nos llevaría a hablar solo del amparo, cuando también existen acciones colectivas, Ley de Responsabilidad Ambiental y el Poder Judicial también tiene un poder en proteger. El Acuerdo de Escazú nos obliga a todos los operadores jurídicos a ampliar el acceso a la información y exigir el acceso a la justicia y sí creo que la vía es la legitimación”, señaló.
Juzgados especializados en materia ambiental
En ese contexto, refirió criterios internacionales que establecen obligaciones para los Estados en materia de protección ambiental, como los desarrollados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
“La Opinión Consultiva 23/2017 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, donde se dice cómo deben mentirse todas las acciones que se hacen para proteger al ambiente a partir del estándar de debida diligencia de las autoridades que tienen a su cargo; por ejemplo, la evaluación de impacto ambiental”, comentó.
Finalmente, hizo énfasis en que, dentro del marco legal, no sólo las acciones generan consecuencias para el ambiente, sino también la falta de actuación por parte de las autoridades competentes.
“En eso también es importante hablar de la omisión, porque mucho del daño ambiental ocurre por omisión, yo no me imagino a alguien pensando en dejar que eso pase pero al final hay una omisión en la vigilancia. Los cambios de uso de suelo, la tala clandestina, son omisiones también, entonces en materia ambiental las omisiones también son violaciones fundamentales de derechos humanos”, puntualizó.
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