Nueva Constitución

Sin titubeos

El Secretariado Técnico para el Análisis y Estudio de la Reforma Constitucional y el Marco Legal del Estado de México ya tiene un borrador de lo que sería la propuesta de Reforma Constitucional, que será el documento marco para definir las últimas revisiones y/o modificaciones para entregar la versión final. Se trata de un arduo trabajo que representó la labor intensa durante varios meses de un equipo comandado por Mauricio Valdés Rodríguez y Rubén Islas Ramos.

En un resumen ejecutivo explican que la necesidad de una nueva Constitución es un imperativo producto de la significativa transformación económica, política, cultural y social del Estado de México ante la limitada capacidad de atención institucional de los diversos problemas que se viven en la entidad.

Advierten que el pueblo mexiquense reclama respuestas y soluciones al abandono social, a las exigencias reales del presente a las problemáticas que impactan de manera sistemática en todos los aspectos de su vida. 

Por eso es necesario impulsar las reformas que reflejen las aspiraciones y reclamos de la ciudadanía en el marco constitucional y normativo.

Para la elaboración del documento final, el Secretariado Técnico consultó y escuchó miles de voces en todo el estado, sobre los temas que más le interesan a la sociedad mexiquense; así se fue armando poco a poco el rompecabezas de decenas de miles de páginas que contienen ideas, proyectos, motivaciones y aspiraciones que terminarán plasmados en la nueva Constitución.

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La Nueva Constitución, tendrá el siguiente contenido: Título Primero: Estado de México, que describe los elementos fundamentales del Estado: soberanía, territorio, población y gobierno. Título Primero: De los principios rectores y valores constitucionales, donde se desarrollan los principios que consagran una fuerza vinculante para el establecimiento de cualquier disposición constitucional.

Título Segundo: Del sistema de derechos humanos, el cual plantea un sistema vanguardista e integral fundado en principios, derechos y garantías, que amplía los alcances y tipos de los derechos humanos de la población mexiquense. Título Tercero: de la población y el ejercicio democrático, que integra a la democracia no sólo como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en la deliberación ciudadana de los problemas sociales del Estado; integra el referéndum, la iniciativa ciudadana, el parlamento abierto, el cabildo abierto, el plebiscito, la revocación de mandato, la consulta popular, como mecanismos de presupuesto participativo. Título Cuarto: Del régimen interior, la forma de gobierno y las instituciones, establece disposiciones que guían el régimen interior del Estado: republicano, representativo, democrático, laico, popular y municipalista.

Título Quinto:  De los poderes del Estado, define a los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Título Sexto: De los órganos constitucionales autónomos, son órganos de carácter colegiado, profesionales, imparciales especializados en una materia determinada, con autonomía plena, técnica, orgánica, presupuestaria, normativa y de funcionamiento. Título Séptimo: Del poder público municipal, el cual determina la integración, facultades y obligaciones de los ayuntamientos, así como el funcionamiento de la asamblea de municipios y la vida cívica municipal.

Título Octavo: de las responsabilidades de las personas servidoras públicas, particulares vinculados y el sistema estatal anticorrupción, que establecerán un nuevo régimen de responsabilidades al que estarán sujetos autoridades del Estado, personas físicas y jurídicas colectivas corresponsables. Título Noveno: De la Economía del Estado, donde se desarrollan las disposiciones fundamentales para el bienestar individual y colectivo mediante el fomento del crecimiento económico, la competitividad, el empleo y una justa distribución del ingreso y la riqueza.

Título Décimo: Medio ambiente, biodiversidad y capital natural, garantiza un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Título Undécimo: Previsiones generales, establece disposiciones para el cumplimiento de las leyes federales y los tratados internacionales. Título Duodécimo: De la permanencia de la Constitución y su inviolabilidad, que desarrolla elementos fundamentales del poder reformador y la vigencia de la Constitución. Todavía falta mucho, pero esto ya tomó forma.