Prevén nuevos hologramas de verificación y actualización en cobro de autos usados en Edomex

Nuevos hologramas de verificación y actualización en cobro de autos usados. Foto: Emilio Varela

Prevén nuevos hologramas de verificación y actualización en cobro de autos usados en Edomex

El Código Financiero del 2026 prevé la expedición de dos nuevos hologramas bajo el nombre de “Tipo Exento Voluntario” y “Tipo Rechazo”.

Gerardo García
Noviembre 24, 2025

El Código Financiero del 2026 prevé la expedición de dos nuevos hologramas bajo el nombre de “Tipo Exento Voluntario” y “Tipo Rechazo”, así como la actualización del cobro de las “Doble 00” y “0”, en verificación.

Además, ajustes para los cobros del impuesto sobre vehículos usados y de juegos con su debida clasificación para evitar su evasión.

De acuerdo con la proyección de la Ley de Ingresos del Estado de México y Municipios, el siguiente año se prevén ingresos a las arcas del estado por 32 mil 584 millones 261 mil 832 pesos, por concepto de cobro de impuestos.

Nuevos hologramas

Por una parte, el proyecto del Código Financiero incorpora al artículo 88 nuevos conceptos de cobro por la expedición de la constancia con holograma “Tipo Exento Voluntario”, por 630 pesos; y la Constancia de no aprobación “Tipo Rechazo”, 39 pesos.

Asimismo, se actualizan las tarifas por la expedición de las constancias con hologramas tipo “00”, 630 pesos; “0”, 152 pesos; “1”, 152 pesos; y “2”, 152 pesos; al argumentarse la observancia al principio de equidad tributaria, mediante una carga equitativa y justa para los contribuyentes.

Autos usados

Por otra parte, en el Impuesto sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados consideran varias adecuaciones, que prevé una recaudación por 171 millones 053 mil 566 pesos.

La primera reforma al artículo 62 con la finalidad de precisar el hecho imponible de la carga fiscal, cuando existan adquisiciones de autos derivadas de operaciones en las que se exenta el Impuesto al Valor Agregado.

La misma busca aclarar que la obligación de retener y enterar este impuesto recaerá sobre las personas cuya actividad económica habitual, sea la enajenación de vehículos objeto de dicho impuesto, incluyendo las que actúan en la intermediación vehicular.

“Se considera que la adquisición se realizó en el Estado cuando la compra-venta se realizó en el territorio del Estado o el adquiriente deba llevar a cabo los trámites de cambio de propietario, ante las autoridades competentes del Estado de México”, se precisó.

También se establece como parte del procedimiento de cálculo, lo correspondiente al “año de adquisición” para otorgar certeza jurídica tanto a la autoridad fiscal como a los contribuyentes.

Y se busca homologar el plazo, de 15 días, para realizar el entero del Impuesto sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados, tratándose de motocicletas, motonetas, trimotos y Cuatrimotos, con respecto al de otros tipos de vehículos. Además, se establece la obligación de los retenedores tratándose de este impuesto.

Y otra reforma amplía la posibilidad para obtener el Reporte Técnico que acredita la condición de auto antiguo, con una antigüedad mínima de 30 años, permitiendo que este documento pueda ser expedido no solo por el fabricante, sino también por instituciones públicas o privadas reconocidas por la Secretaría de Finanzas, a efecto de agilizar y facilitar dicho trámite.

Juegos

Por otra parte, para el siguiente año también se proponen reformas al artículo 123 con el objeto de identificar y diferenciar correctamente la clasificación de aquellos juegos que se equiparan a dispositivos electrónicos, con una tasa del 10% y 5%.

Según las autoridades estatales con ello se atenderá la forma de su activación y garantizar la correcta aplicación de la normativa, evitando estrategias fiscales evasivas del Impuesto sobre Diversiones, Juegos y Espectáculos Públicos que les resulte pagar.

Sigue nuestro CANAL  ¡La Jornada Estado de México está en WhatsApp! Únete y recibe la información más relevante del día en tu dispositivo móvil. 

TAR

UAEM2