El deceso de una persona que fue atropellada por un vehículo automotor puede pasar de un homicidio culposo a un homicidio doloso, si el presunto responsable huye del lugar y abandona a la víctima, por lo que en caso de que esto suceda, lo recomendable es que el conductor permanezca en el sitio y auxilie al atropellado, aseveró el abogado penalista Roberto Medina Nava.
Escapar tras atropellar a alguien, empeora las cosas
Luego de que se viralizara el video en el que se ve cómo un hombre es arrastrado debajo de un auto por más de un kilómetro, luego de ser atropellado, y de que se revelara la identidad de la presunta responsable, quien habría abandonado el vehículo que fue localizado, sin placas, en la colonia Ampliación Ciudad Lago de Nezahualcóyotl, el penalista destacó:
“Atropellar y huir no es solo un accidente, es un delito grave. Aunque no haya intención inicial, arrastrar a la víctima y no detenerse, agrava la responsabilidad, pues la ley considera esto como lesiones u homicidio, más la omisión de auxilio”, explicó.
Agregó que el responsable puede enfrentar prisión, pérdida de la licencia de conducir, reparación del daño, pago de gastos médicos y una indemnización millonaria, es decir, huir solo empeora todo.
Linchamiento mediático dificulta Principio de Presunción de Inocencia y el Derecho al Debido Proceso
Respecto al hecho registrado en la colonia Vicente Guerrero, Iztapalapa, donde perdió la vida el motocicista Roberto Hernández, el experto en derecho penal y derechos humanos, consideró imperativo recordar los principios fundamentales que rigen el Estado de Derecho, el Principio de Presunción de Inocencia y el Derecho al Debido Proceso.
Por lo que, toda persona, incluida la conductora involucrada en este caso, tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por autoridad judicial competente.
Por ello, enfatizó que el linchamiento mediático y social previo al proceso judicial violentan este principio constitucional y dificultan el derecho a un juicio justo.
“La conductora tiene derecho a que su caso sea investigado con imparcialidad, contando con todas las garantías procesales, incluida la posibilidad de presentar su versión de los hechos y las pruebas que consideren pertinentes en su defensa”, manifestó.
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Autoridades correspondientes serán quienes investiguen el caso
En tal sentido, agregó que es la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, la institución facultada para investigar los hechos, determinar la posible existencia de delitos y, en su caso, ejercer acción penal.
Mientras que la Secretaría de Seguridad Ciudadana tiene la obligación de colaborar en la localización del vehículo y la persona involucrada, mediante el análisis de videograbaciones y testimonios.
También consideró indispensable acabar con la idea de que es mejor acabar con la vida de una persona que dejarla herida tras un accidente vehicular.
“Es un mito social peligroso que debe rechazarse categóricamente. Esta noción no solo es moralmente repudiable, pues refleja una profunda deshumanización contraria a los valores sociales básicos; y en lo jurídico, incrementa exponencialmente las consecuencias penales para quien provoca el daño”, aseveró.
Por otro lado, dijo que este caso es reflejo de la relevancia que han ganado las redes sociales, ya que gracias a los usuarios se logró la ubicación del vehículo y de la conductora implicada; aunque recordó que en el sistema jurídico mexicano, ninguna persona puede hacer justicia por propia mano, por lo que, las reacciones comunitarias, aunque comprensibles por el dolor ante la pérdida de vida, deben canalizarse a través de las instituciones legítimamente constituidas.
Finalmente, hizo un llamado a las autoridades para que garanticen una investigación pronta, exhaustiva y transparente que determine con precisión la secuencia de hechos, identifique las posibles responsabilidades, respete los derechos tanto de los familiares de la víctima como de la persona investigada y mantenga informada a la sociedad sobre los avances de la indagatoria.
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MPH

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