Acatarán Legislativo y Judicial invalidación de prisión vitalicia

Poder Legislativo y Judicial acatarán invalidación de prisión vitalicia

Acatarán Legislativo y Judicial invalidación de prisión vitalicia emitida por la Suprema Corte y consideran se requerirán reformas para establecer definiciones.

Gerardo García
Enero 29, 2025

Los Poderes Legislativo y Judicial acatarán la anulación de la prisión vitalicia por homicidio por razón de odio que emitió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que tendrá efectos en 42 casos y que requerirá reformas para establecer las definiciones.

El presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), José Francisco Vázquez Rodríguez, y el magistrado presidente interino del Poder Judicial (PJEM), Fernando Díaz Juárez, aclararon que la resolución no tendrá gran impacto en la entidad.

Acatarán invalidación de prisión vitalicia

Por una parte, Vázquez Rodríguez aclaró que lo resuelto por la SCJN es sobre una reforma del 2019, en la que estarán esperando aún sus efectos.

Pero admitió que deberán hacer reformas para especificar el homicidio por odio, que, consideró, fue en lo que se concentró la resolución y a su parecer debe quedar claro. Sin embargo, aclaró que no hay plazos establecidos, pues se aplica de manera retroactiva.

“Tendremos que buscar cuál sería el resultado que provoca este amparo, esta sentencia o revocación, y busquemos los términos adecuados, no”, manifestó.

Se deberá emitir nueva sentencia

En tanto el titular del PJEM, Fernando Díaz indicó que será a través de los jueces de ejecución que estarán atendiendo 42 casos, donde se deberá aplicar la retroactividad, para emitir nueva sentencia.

Aclaró que deberán esperar lo que al final notifique la SCJN al Congreso local, pero la resolución tiene una aplicación de manera inmediata.

“Estaremos dando cumplimiento a esta determinación donde se invalida la fracción quinta del artículo 242 del código penal del Estado de México, esto trae como consecuencia que en aquellos casos en los que se tenga una sentencia en donde se ha impuesto una prisión vitalicia, omitir esa circunstancia, y de esta manera se ha propuesto una nueva pena modificada y adecuada”, detalló.

Fue la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la que emitió la resolución luego de que presentó un recurso la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

En el argumento consideró que violaban los derechos a una reinserción social, y dejó sin efectos la fracción V del artículo 242, que aplicaba esta sanción en casos de asesinatos cometidos con extrema crueldad, ensañamiento u odio.

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MPH

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