Primeras Disposiciones del Congreso Constituyente Mexiquense (Parte 1 de 4)

Crónica del Bicentenario Mexiquense

El 2 de marzo de 1824 en el Salón Capitular del Ayuntamiento de la Ciudad de México el Secretario de la Diputación Provincial instaló el Congreso Constituyente del Estado Libre de México con los diputados: José Francisco Guerra, Benito José Guerra, Manuel Cotero, José Domingo Lazo de la Vega, Alonso Fernández, Manuel de Cortázar, Francisco de las Piedras, José Ignacio Nájera, Ignacio Mendoza, Joaquín Villa, José María Luis Mora, Antonio Velasco de la Torre, Mariano Casela, Francisco Moctezuma y José Figueroa.

El Congreso al quedar legalmente instalado integró la Mesa Directiva del mes de marzo, presidida por el Diputado José Francisco Guerra. Posteriormente, determinó que el Jefe Político, Don Melchor Múzquiz continuara al frente del Poder Ejecutivo en tanto nombrara Gobernador.

El Congreso al establecer las bases para la organización provisional del Gobierno Interior del Estado de México dispuso que el Poder Legislativo se depositara en el Congreso, el Poder Ejecutivo en el Gobernador y en el Consejo que nombraría, el Poder Judicial en las autoridades que lo desempeñaban y que seguirían funcionando los ayuntamientos y las demás autoridades civiles, militares y eclesiásticas. De igual manera, determinó que los diputados son inviolables por sus opiniones y dictámenes y que organizará el Gobierno Interior, formará la Constitución del Estado, dictará las leyes que exija su mayor bien y felicidad y establecerá el sistema de su Hacienda.

Ese día el Congreso determinó el modo de encabezar sus decretos que debía publicar el Gobernador y dispuso que el Reglamento Interior del Congreso Mexicano sirviese en lo adaptable y provisionalmente para el Congreso del Estado de México.

El 3 de marzo el Congreso nombró a los diputados integrantes de las comisiones permanentes de Policía y Peticiones, de Constitución, de Justicia, Negocios Eclesiásticos y Legislación, de Gobernación, de Industria, de Hacienda, de Milicias y de Instrucción Pública. También integró la Comisión Especial para Formar el Reglamento Interior del Congreso.

El 4 de marzo el Congreso nombró a Manuel Gómez Pedraza como Gobernador, a Melchor Múzquiz como Teniente Gobernador y como consejeros a: José Alejo Alegría, José Francisco Nava, Mariano Esteva y Pedro Verdugo. Melchor Múzquiz se hizo cargo oficialmente del Poder Ejecutivo al no jurar su cargo Manuel Gómez Pedraza.

El Congreso aprobó el protocolo a seguir por los empleados y las autoridades al prestar el juramento de obediencia al Congreso y a reconocer como legítimas a las autoridades que de él dimanan.

El 5 de marzo el Congreso dispuso que se hicieran rogaciones públicas para pedir acierto a sus deliberaciones y dispuso que se hiciera una manifestación al Estado y a los Supremos Poderes de los sentimientos que animan a este Congreso para sostener a las autoridades nacionales.

El 8 de marzo el Congreso aprobó la Orden Provisional que Deberá Observar la Guardia del Congreso del Estado de México, la cual se compondría de un Oficial, de un Sargento, de dos cabos y de nueve soldados y que se harán honores al Congreso General y al Supremo Poder Ejecutivo, al Congreso Estado y a sus Diputaciones.

El 9 de marzo el Congreso determinó que al Gobernador y al Teniente Gobernador se les diera el trato de excelencia.

El 11 de marzo el Congreso al dividir el Partido de Huichapan creó el Partido de Jilotepec. De igual manera, recibió la protesta de ley del Diputado Pedro Valdovinos.