Reforma constitucional en materia de simplificación administrativa

Reforma constitucional en materia de simplificación administrativa

Crónicas Legislativas Mexiquenses

Redacción
Enero 30, 2026

A iniciativa de la gobernadora Delfina Gómez Álvarez, en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del jueves 22 de enero se publicó el decreto 261 de la LXII Legislatura, por el que se reforman los artículos 18 y 139 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, para extinguir la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria y transferir sus funciones a la Agencia Digital del Estado de México, para abrogar la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 17 de septiembre de 2018 y para que las autoridades estatales y municipales implementen la simplificación administrativa, la digitalización de trámites y servicios, las buenas prácticas regulatorias, el gobierno digital y el desarrollo y fortalecimiento de capacidades tecnológicas públicas.

En el artículo 18 se indica que “a fin de contribuir al desarrollo y bienestar de las personas, grupos, comunidades y sectores sociales y económicos, las autoridades estatales y municipales deberán implementar políticas públicas de simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios, buenas prácticas regulatorias, desarrollo y fortalecimiento de capacidades tecnológicas públicas y los demás objetivos que establezca la ley de la materia.

En el artículo 139 Bis se precisa que “la simplificación administrativa, la digitalización de trámites y servicios, las buenas prácticas regulatorias, el gobierno digital y el desarrollo y fortalecimiento de capacidades tecnológicas públicas son instrumentos para el desarrollo y bienestar de las personas, grupos, comunidades y sectores sociales y económicos. Es obligatorio para los Poderes del Estado, y los municipios, sus dependencias, organismos auxiliares y los organismos autónomos, implementar de manera permanente, continua y coordinada los modelos, herramientas y acciones que establezcan las disposiciones jurídicas aplicables, con el objetivo de generar certeza, seguridad jurídica, fomentar la transparencia, la eficacia y el gobierno abierto, y facilitar la gestión pública mediante el uso de las tecnologías de la información y comunicaciones”.

En los artículos transitorios se indica que “a partir de la entrada en vigor del presente decreto, se abroga la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios, publicada en el Periódico Oficial ‘Gaceta del Gobierno’ el 17 de septiembre de 2018 (tercero); que “el Congreso del Estado deberá realizar la armonización legislativa correspondiente con el contenido de este decreto en un periodo no mayor a 180 días hábiles contados a partir de su entrada en vigor”, y que “en un plazo no mayor a noventa días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de las modificaciones legislativas a que hace referencia el párrafo anterior, la persona titular del Poder Ejecutivo deberá expedir las adecuaciones correspondientes al Reglamento Interior de la Agencia Digital del Estado de México” (cuarto).

De igual manera, se indica que “la Agencia Digital del Estado de México será la Autoridad Estatal de Simplificación y Digitalización del Estado de México, en términos de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos en materia de simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios, buenas prácticas regulatorias, así como el desarrollo y el fortalecimiento de las capacidades tecnológicas públicas, con las atribuciones y obligaciones que le correspondan, y será responsable de implementar, supervisar y vigilar el cumplimiento de las disposiciones de dicha ley en la entidad (quinto); y que “a la entrada en vigor del presente decreto se extinguirá el organismo público desconcentrado denominado Comisión Estatal de Mejora Regulatoria”; y que “los recursos humanos, materiales, financieros y las previsiones presupuestales del organismo público desconcentrado denominado Comisión Estatal de Mejora Regulatoria serán transferidos a la Agencia Digital del Estado de México” (sexto).

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