Reformas para combatir la violencia en contra de los menores

Reformas para combatir la violencia en contra de los menores

Crónicas Legislativas Mexiquenses

Redacción
Octubre 3, 2025

En la Gaceta del Gobierno del 30 de septiembre se publicó el decreto número 177 de la LXII Legislatura por el que se reformaron el Código Penal del Estado de México, la Ley de Víctimas del Estado de México, el Código Administrativo del Estado de México y la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México, con el propósito de combatir los altos índices de violencia sexual y abusos cometidos en contra de las niñas, niños y adolescentes.

En el Código Penal se establece que tratándose de delitos cometidos en contra de menores de edad se atenderá el interés superior de la niñez en la aplicación de ley. Se incluyen límites legales respecto de los delitos que se persiguen por querella en los que el perdón puede ser otorgado por el ofendido o por su representante legal y se incrementan las penas a quienes cometan delitos en contra de los menores mediante el engaño o el uso de las tecnologías de la información y la comunicación.

De igual manera, se propone desaparecer el delito de estupro sancionado con prisión de uno a cinco años a quien tenga cópula con una persona mayor de quince años y menor de dieciocho obteniendo su consentimiento por medio de cualquier tipo de seducción y en su lugar se propone que dicha conducta sea considerada como violación equiparada, la cual contempla penas que van de los diez a veinte años de prisión.

En la Ley de Víctimas segarantiza la intervención inmediata de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México en todos aquellos casos en los que la víctima sea un menor de edad, a fin de garantizar su protección y reintegración de derechos. Con dicha intervención se evitará la revictimización de los menores con la adopción de medidas que salvaguarden su seguridad e integridad física y psicológica, de acuerdo con su edad, grado de madurez, desarrollo o necesidades particulares, así como las providencias necesarias para su debido cumplimiento.

En el Código Administrativo seestablece la obligación del Estado de garantizar el pleno acceso a la protección de la salud de niñas, niños y adolescentes de manera integral, sin discriminación y evitando su revictimización. Se establece que el Sistema Estatal de Salud tendrá como finalidad, entre otras: brindar atención prioritaria a niñas, niños y adolescentes víctimas de cualquier tipo de violencia.

En este caso se indica que las instituciones de salud podrán tomar las medidas inmediatas necesarias para la protección de su salud y darán aviso a la Procuraduría de Protección y al Ministerio Público de manera inmediata, para que se tomen las medidas urgentes y especiales para garantizar la protección y la salvaguarda de la vida, de la integridad y de la seguridad de los menores.

En la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes se indica que las instancias competentes en casos de niñas, niños y adolescentes deberán implementar acciones de asistencia jurídica, social y psicológica y de reparación integral del daño, destacando el acompañamiento y la atención psicosocial en sus planes y políticas. De igual manera, se establece que las autoridades estatales y municipales, junto con la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México, adoptarán las medidas necesarias para que las niñas, niños y adolescentes vivan en contextos familiares, escolares, vecinales y estatales libres de violencia.

Finalmente, se señala que ese mismo día se publicó en la Gaceta del Gobierno el decreto número 176 de la LXII Legislatura por el que se reformó el Código para la Biodiversidad del Estado de México, para que la Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable establezca los mecanismos de conservación de los sitios de hibernación temporal de especies migratorias en situación de riesgo.

TE SUGERIMOS:

¡La Jornada Estado de México ya está en WhatsApp! Sigue nuestro CANAL y entérate de la información más importante del día.

TAR

UAEM2