La Secretaría de Seguridad mexiquense (SSEM) emitió el protocolo de actuación para los policías con el fin de garantizar la vida, integridad, libertad y seguridad de las personas que ejercen el periodismo y comunicación en Edomex.
Lo anterior, en respuesta a dos recomendaciones del 2019 y 2022 emitidas por parte de la Comisión de Derechos Humanos.
El instrumento ya había sido anunciado dentro de la Glosa del Segundo Informe por los secretarios General de Gobierno, Horacio Duarte Olivares, y de Seguridad, Cristóbal Castañeda Camarillo, luego de que el 2 de octubre la Policía de Toluca violó protocolos y agredió a reporteros.
Protocolo para proteger a periodistas y defensores
El acuerdo publicado reconoce que el gobierno estatal está obligado a realizar acciones institucionales que garanticen a periodistas y defensores de derechos humanos las condiciones legales y materiales necesarias para desarrollar de manera libre y segura su labor.
Contempla 40 lineamientos y 10 recomendaciones para el gremio periodístico. Establece disposiciones jurídicas que regulen, organicen y definan el funcionamiento de uniformados, preservando la paz social, protegiendo a quienes ejercen el periodismo y defienden los derechos humanos y garantiza la seguridad de todos.
“Que el Estado tiene la responsabilidad de respetar y garantizar los derechos humanos de todas las personas bajo su jurisdicción y la labor de periodistas y defensores de derechos humanos es crucial”, resalta.
Policías serán sancionados
El protocolo enfatiza que es de observancia obligatoria por la Policía estatal y serán sancionadas administrativamente de no acatarla, con independencia de las responsabilidades civiles y penales en que pudieran incurrir.
Por ello, establece implementar y operar medidas de prevención, protección y urgentes de protección requeridas para quienes ejercen el periodismo y la defensa de los derechos humanos como actividades de interés público que se encuentran en situación de riesgo coordinados con las instituciones públicas.
Respetará el ejercicio de la libertad de expresión y los derechos de periodistas, en no impedir, obstaculizar, intervenir o realizar injerencias indebidas en el ejercicio de tales derechos, además se les dará protección contra injerencias o impedimentos promovidos por otras personas.
También el derecho a la libertad de reunión de personas defensoras de derechos humanos, y no interferirán en la reunión pacífica sin justificación.
En el caso de periodistas, como sujetos de especial protección que requieren que su riesgo sea identificado y adoptar medidas oportunas para mitigar sus efectos y adelantar acciones efectivas para erradicarlo.
Deberán portar el uniforme y dirigirse de manera respetuosa
Los elementos deberán portar uniforme e identificación, dirigirse de forma respetuosa y abstenerse de usar vocabulario intimidante o términos peyorativos, denostativos discriminatorios y cualquier manifestación con algún juicio de valor.
Tampoco pronunciar algún señalamiento que ponga en riesgo a periodistas. Y los dispositivos de seguridad deberán ser planeados para que los efectivos mantengan posiciones estratégicas que respeten el derecho a la libre manifestación de ideas.
Los elementos deberán adoptar medidas preventivas, normativas y operativas que gradúen de forma justificada el uso de la fuerza y armas evitando usar cualquier arma letal, y someterse a capacitación constante.
No se deberá requerir ningún tipo de acreditación especial a las personas periodistas y facilitar el ejercicio de su profesión. Salvo en contextos específicos y cuando existieran razón de magnitud por las que la identificación pudiera contribuir a salvaguardar los derechos humanos.
Y fomentar espacios de formación y capacitación para que haya una comprensión más amplia de las funciones y actividad de los policías, como las restricciones en materia penal y civil.
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