Toluca, entre los municipios con más inconformidades por falta de transparencia

Este 2024, el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (INFOEM) ha recibido mil 448 recursos de revisión resultado de la falta de trasparencia y/o inconformidad de los usuarios a la respuesta de los sujetos obligados, entre los más recurrentes se encuentra la capital mexiquense.

Cinco sujetos obligados concentran 89 por ciento, en primer lugar se encuentra el Ayuntamiento de Ecatepec con 471 inconformidades, es segundo lugar está Toluca con 249, le sigue Ixtapaluca con 232, Tlalnepantla con 171 y la Secretaría de Movilidad con 167 recursos.

Más de 42 mil solicitudes de información

De enero a agosto, el Infoem ha recibido 42 mil 200 solicitudes de información, mientras que el año pasado en el mismo periodo el número de solicitudes fue de 17 mil 945, es decir, este 2024 la demanda de información se ha duplicado.

El Poder Ejecutivo es el que más ha recibido con 11 mil 953 solicitudes, le siguen los Órganos Autónomos, Ayuntamientos, Poder Legislativo, Poder Judicial, Partidos Políticos, Sindicatos, Fideicomisos, Personas Físicas o Jurídico Colectivas.

TE SUGERIMOS: Arranca construcción de puente peatonal Neza-Chimalhuacán

Municipios con más inconformidades por falta de transparencia

Los entes con más demanda son el Instituto Electoral del Estado de México, el Ayuntamiento de Toluca, Ecatepec de Morelos, Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción y el municipio de Tlalnepantla de Baz.

De acuerdo al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios, una solicitud de información es un requerimiento que hace un ciudadano para recibir información que por ley debe ser pública, para difundir, investigar o recabar, sin necesidad de acreditar personalidad ni interés.

Los usuarios pueden pedir su solicitud vía internet y, en caso de ser necesario, interponer un recurso de revisión por las siguientes razones: negativa de información solicitada y clasificación de los datos y documentos.

De acuerdo a la Ley, las personas físicas o jurídicas colectivas que reciban y ejerzan recursos públicos o actos de autoridad deberán proporcionar la información que permita al sujeto obligado que corresponda, cumplir con sus obligaciones de transparencia y para atender las solicitudes de acceso correspondientes.

Sigue nuestro CANAL  ¡La Jornada Estado de México está en WhatsApp! Únete y recibe la información más relevante del día en tu dispositivo móvil.

TAR