El Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México (TRIJAEM) ratificó la sanción de inhabilitación temporal por un año contra el ex tesorero municipal de Naucalpan, Leopoldo Corona Aguilar, al comprobar que incurrió en una “omisión arbitraria” al dejar de pagar salarios y prestaciones a trabajadores sindicalizados del SUTEyM, pese a contar con recursos disponibles en las arcas municipales.
Leopoldo Corona Aguilar afectó a trabajadores al no pagar salarios
El líder vitalicio del SUTEyM Naucalpan, David Parra Sánchez, señaló que más de ocho mil trabajadores y empleados resultaron afectados por la falta de pago.
Recordó que, cuando Corona Aguilar acudió a comparecer al Palacio Municipal, los trabajadores lo increparon y le lanzaron huevos en señal de protesta. “La gente de Naucalpan está muy sentida con ese tesorero, que privilegió a proveedores en lugar de cumplir con los derechos de los trabajadores del Ayuntamiento”, enfatizó Parra Sánchez, quien además pidió que la sanción sea ampliada por más tiempo.
Corona Aguilar ejerció funciones entre el 1° de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2021, durante la administración de la exalcaldesa Patricia Elisa Durán Reveles.
En el último trimestre de 2021, del 1° de octubre al 15 de diciembre, dejó de cubrir nómina, aguinaldos, primas vacacionales, despensas, arcones navideños y premios de puntualidad a más de tres mil servidores públicos. En contraste, destinó recursos al pago de proveedores y prestadores de servicios, aun cuando existían cuentas bancarias con fondos suficientes para cumplir con las obligaciones laborales.
Extesorero de Naucalpan intentó justificar la falta de pago a trabajadores
El Recurso de Apelación 56/2024, interpuesto por Florentino Sosa Rangel, documenta que la defensa del ex tesorero intentó justificar la falta de pago alegando la disminución de participaciones federales, los efectos de la pandemia de Covid-19 y el congelamiento de cuentas bancarias por parte del Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje. Sin embargo, los magistrados desestimaron estos argumentos al comprobar que las cuentas destinadas a nómina no estaban congeladas y contaban con recursos suficientes para cubrir los derechos de los trabajadores.
El resolutivo enfatiza que la omisión fue arbitraria, es decir, producto de la voluntad o capricho del funcionario y no de una carencia real de recursos. Esta conducta ocasionó un daño directo a la base trabajadora, afectando su estabilidad financiera y bienestar económico, pues dependen de sus ingresos para cubrir necesidades básicas como alimentación, educación y vivienda.
Sansión para extesorero Leopoldo Corona Aguilar
La sanción impuesta consiste en la inhabilitación temporal por un año para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público, así como para participar en procesos de adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas.
El caso refuerza la postura del TRIJAEM de que los servidores públicos deben actuar con responsabilidad y transparencia en la administración de recursos, garantizando el respeto a los derechos laborales de los trabajadores municipales.
Con esta resolución se marca un precedente en la defensa de los derechos de los servidores públicos y se envía un mensaje claro sobre la obligación de los funcionarios de cumplir con sus responsabilidades, evitando que decisiones discrecionales afecten la vida y el bienestar de quienes sostienen el funcionamiento del municipio.
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MPH

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