¿Vacaciones de hasta 30 días por ley en México? Esto te corresponde según tu antigüedad

Vacaciones de hasta 30 días por ley en México

¿Vacaciones de hasta 30 días por ley en México? Esto te corresponde según tu antigüedad

¿Quiénes tienen 30 días de vacaciones por ley en México? Guía LFT 2026.

Pepe.Abadiano
Febrero 24, 2026

En México, la reforma de Vacaciones Dignas marcó un hito al duplicar el descanso mínimo de 6 a 12 días para el primer año laboral. Sin embargo, existe un sector que, por la naturaleza crítica de sus funciones, opera bajo un régimen especial que les otorga 30 días naturales de vacaciones desde el inicio de su contrato: las tripulaciones aeronáuticas.

Diferencias entre vacaciones dignas y el contrato de tripulaciones aéreas

Este derecho, lejos de ser un privilegio arbitrario, es una medida de seguridad operativa diseñada para prevenir la fatiga y garantizar que el personal responsable de cientos de vidas a bordo de una aeronave se encuentre en óptimas condiciones físicas y mentales.

¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo?

El fundamento legal de este beneficio se encuentra en el Artículo 233 de la LFT, dentro del capítulo especializado en el Trabajo de las Tripulaciones Aeronáuticas. Las reglas para este sector son distintas al resto de los trabajadores:

Periodo base: 30 días naturales de vacaciones al año.

Incremento anual: Se suma un día extra por cada año de servicio.

Límite máximo: El periodo puede crecer hasta un tope de 60 días naturales, sin importar cuántos años más se laboren.

Forma de disfrute: Pueden tomarse de forma continua o dividirse en dos periodos semestrales proporcionales.

A diferencia de otros empleos, estas vacaciones no son acumulables; deben disfrutarse obligatoriamente dentro del periodo correspondiente para cumplir con su función de descanso preventivo.

¿Quiénes integran la “Tripulación”?

De acuerdo con la normativa vigente, no todo el personal de una aerolínea goza de este beneficio, sino únicamente aquellos cuyas funciones son vitales para la operación y seguridad del vuelo:

  • Piloto al mando de la aeronave (Capitán).
  • Oficiales que desarrollen labores análogas (Copilotos).
  • Navegantes.
  • Sobrecargos.

Además de los 30 días anuales, la ley les garantiza descansos obligatorios mensuales que oscilan entre 8 y 12 días libres, asegurando que el ritmo de vuelo no comprometa la integridad de la tripulación ni de los pasajeros.

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