La puesta en marcha del registro obligatorio de líneas telefónicas y de la CURP biométrica puede ampliar la capacidad del Estado para rastrear actividades de la población sin controles suficientes, autorización judicial ni mecanismos claros de reparación ante abusos, filtraciones o suplantación de identidad, advirtió José Flores Sosa, vocero de la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D).
El especialista señaló que las reformas aprobadas en 2025 forman parte de una política federal de transformación digital orientada a instaurar un sistema de identidad digital en México.
Necesarios mecanismos de protección reales
Reconoció que ese tipo de herramientas pueden tener fines legítimos, como simplificar trámites, mejorar la recaudación fiscal, combatir delitos o apoyar la búsqueda de personas desaparecidas; sostuvo que el problema está en la ausencia de salvaguardas para proteger los datos personales.
“Lo que se necesita no son promesas, lo que se necesita son mecanismos de seguridad”, afirmó Flores Sosa, al advertir que las nuevas disposiciones permiten a autoridades civiles, militares y de procuración de justicia solicitar bases de datos públicas o privadas bajo el argumento de elaborar productos de inteligencia, sin que necesariamente exista una orden judicial o una investigación abierta.
¿El registro del teléfono y la CURP biométrica podría rastrearnos?
De acuerdo con el vocero de R3D, la reforma a la Ley General de Población permite asociar datos biométricos de la ciudadanía a la Clave Única de Registro de Población (CURP).
Esa recopilación puede realizarse mediante módulos en los que las personas entreguen huellas dactilares y escaneo de iris, o a través de la transferencia de información que ya tienen dependencias como la Secretaría de Relaciones Exteriores o el Servicio de Administración Tributaria.
Flores Sosa explicó que el alcance del nuevo sistema no se limita a una identificación oficial, pues la ley prevé que instituciones públicas y privadas soliciten la CURP biométrica para prestar servicios. A su juicio, esto incrementa la llamada “huella de datos” de las personas, es decir, la posibilidad de rastrear qué hacen, dónde estuvieron, qué compraron o qué servicios utilizaron.
El registro de líneas telefónicas, añadió, debe analizarse junto con la CURP biométrica. Aunque las empresas de telefonía serían las encargadas de vincular cada número con la CURP, y no directamente con datos biométricos, la clave alfanumérica quedaría conectada con la base nacional de identidad. En la práctica, dijo, esto permitiría relacionar una línea con una persona y con sus datos biométricos.
Padrón de Usuarios de Telefonía había sido declarado inconstitucional por la Suprema Corte
El antecedente inmediato es el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), que fue declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación al considerarlo una medida excesiva e invasiva sobre los datos personales. Antes también existió el Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Renaut), durante el gobierno de Felipe Calderón.
Para R3D, las nuevas reglas intentan evitar los argumentos que llevaron a invalidar el Panaut, al dejar en manos de las empresas la vinculación entre número telefónico y CURP. Sin embargo, Flores Sosa sostuvo que esa diferencia se diluye cuando la CURP ya tiene asociados datos biométricos en el Registro Nacional de Población y en la llamada Plataforma Única de Identidad.
El vocero alertó que el teléfono celular se utiliza para redes sociales, plataformas digitales, servicios bancarios, autenticación de dos pasos y múltiples actividades cotidianas. Por ello, vincular cada línea con una identidad oficial puede facilitar que una autoridad identifique cuentas, perfiles o actividades digitales.
A ello se suma el riesgo de vulneraciones a la seguridad informática. Flores Sosa recordó que las bases masivas de datos pueden ser objeto de ataques, filtraciones, actos de corrupción o fallas técnicas. En ese escenario, la exposición de datos biométricos resulta especialmente delicada porque, a diferencia de una contraseña, no se pueden modificar huellas dactilares, iris o rasgos físicos.
Registro de línea telefónica con la CURP
Según las cifras referidas por R3D, alrededor del 78% de las líneas telefónicas en México son de prepago y cerca del 20% corresponden a planes de pospago.
En abril había aproximadamente 30 millones de líneas registradas y a mediados de mayo la cifra subió a 48 millones, todavía lejos de los casi 160 millones existentes en el país.
Flores Sosa consideró que el incremento más reciente no necesariamente refleja que la ciudadanía haya acudido a registrar sus líneas, sino que las empresas incorporaron de forma automática a usuarios de pospago, cuyos datos ya tenían por contratos previos.
R3D plantea exigir una prórroga o suspensión del registro de celulares
Aunque el amparo es una vía posible para quienes quieran oponerse, reconoció que se trata de un mecanismo complejo, costoso y de efectos individuales.
Por ello, R3D plantea exigir una prórroga o suspensión del registro, al menos hasta que existan reglas claras sobre acceso a bases de datos, transparencia, controles judiciales y mecanismos de reparación.
La organización advirtió que un registro de esta magnitud no garantiza por sí mismo una reducción de delitos y, por el contrario, puede desplazar conductas ilícitas hacia el robo de celulares, clonación de tarjetas SIM, suplantación de identidad o venta ilegal de chips ya registrados.
“Intentar un registro de tal magnitud en seis meses, con menos de dos meses para que las empresas desarrollen plataformas, es una receta para un desastre esperando ocurrir”, afirmó.
Flores Sosa sostuvo que la discusión no debe reducirse a aceptar o rechazar la digitalización del Estado, sino a definir bajo qué controles se construye un sistema de identidad digital. Para R3D, la modernización administrativa no debe avanzar a costa de la privacidad, la libertad de expresión ni el derecho de las personas a usar servicios digitales sin vigilancia indebida.
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MPH

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