De acuerdo con diversas notas periodísticas, el SAT comenzaría visitas domiciliarias con el objetivo de identificar irregularidades fiscales como omisiones en el pago de impuestos, movimientos sospechosos o discrepancias en las declaraciones.
Sin embargo, esta información no es completamente precisa. Aunque es verdad que el SAT puede hacer visitas domiciliarias, esto no forma parte de un nuevo operativo especial ni comienza en junio. Estas visitas ya están previstas en la ley y pueden realizarse en cualquier momento del año.
Las facultades legales del SAT para visitar tu domicilio
Según el Artículo 42 del Código Fiscal de la Federación (CFF), el SAT tiene la autoridad para realizar diversas acciones, entre ellas:
- Corregir errores aritméticos u omisiones en declaraciones.
- Solicitar documentos o informes directamente en domicilios fiscales.
- Realizar visitas domiciliarias para revisar la contabilidad, bienes o mercancías.
- Verificar si se cumple con la legalidad de importaciones y marbetes en bebidas alcohólicas.
Estas acciones forman parte de las facultades de comprobación del SAT y no son nuevas. Han existido durante muchos años y se aplican de forma regular, no solo a partir de junio de 2025.
¿Pueden llegar sin avisarte? Sí, pero con condiciones
Una de las grandes dudas es si el SAT puede llegar sin previo aviso. Y la respuesta es sí, pero con reglas claras. Cuando el SAT realiza una visita domiciliaria, debe presentar lo siguiente:
- Identificación oficial del personal autorizado.
- Orden de visita firmada por una autoridad fiscal competente.
- Es posible que no haya un aviso anticipado, pero la visita debe cumplir con los requisitos legales establecidos.
Si no se presentan adecuadamente, puedes negar el acceso o no entregar documentos hasta que se confirme la legalidad del procedimiento.
¿Qué debes hacer si el SAT llega a tu casa?
Estos son algunos puntos importantes si recibes una visita del SAT en tu domicilio:
- Verifica la identidad de los funcionarios. Deben mostrar credencial y orden oficial.
- Consulta con un experto. Un abogado fiscalista o contador público puede acompañarte y asesorarte.
- No entregues información si hay irregularidades. Si la visita no cumple con los requisitos, puedes rechazarla.
- Llama al SAT. Puedes comunicarte directamente para confirmar que la visita es auténtica.
¿El SAT puede aplicar multas tras una visita?
Sí. Si en una visita domiciliaria se encuentran irregularidades, el SAT puede iniciar un proceso administrativo. Esto puede concluir con:
- Multas.
- Recargos por pagos omitidos.
- En casos graves, sanciones penales.
Pero ninguna multa es inmediata. Debe haber una notificación oficial, y el contribuyente tiene derecho a impugnar la resolución a través de medios legales como el recurso de revocación o un juicio contencioso administrativo.
¿Debo preocuparme si estoy al día?
Si cumples con tus obligaciones fiscales, no tienes nada que temer. Aunque el SAT tiene derecho a revisar, no hay un operativo masivo ni punitivo como muchos temen. La mayoría de las notificaciones aún se realizan de manera electrónica a través del buzón tributario o correo oficial.
La clave está en mantener la contabilidad ordenada, atender los avisos oficiales y no dejarse llevar por rumores.
Leer Más:
Sigue nuestro CANAL de WHATSAPP y entérate de la información más importante del día con La Jornada Estado de México.
ZQ