Habitantes de San Miguel Mimiapan incendiaron la mañana de este martes un camión recolector de basura vinculado al ayuntamiento de Toluca, durante una protesta contra la presunta reactivación del relleno sanitario ubicado en la Mina Paulina, sitio que desde hace años permanece en conflicto por incumplimientos ambientales señalados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Incendian camión recolector de basura en Xonacatlán
La inconformidad estalló luego de que pobladores detectaron el ingreso de unidades cargadas con residuos hacia el tiradero, pese a que, según versiones vecinales, se había acordado mantener vigilancia para impedir el acceso de camiones recolectores.
Los habitantes acusaron que durante la noche y las primeras horas del día no hubo presencia suficiente de autoridades, lo que permitió el paso de las unidades.
De acuerdo con reportes locales, el hecho ocurrió alrededor de las 10:00 horas, cuando vecinos bloquearon el acceso al sitio de disposición final y exigieron que las unidades se retiraran, al sostener que el relleno sanitario no debe operar por los antecedentes legales y ambientales que pesan sobre el predio. En medio de la tensión, una de las unidades fue incendiada. No se reportaron personas lesionadas.
Al lugar acudieron elementos de seguridad municipal, quienes resguardaron la zona después de la quema del vehículo. Hasta el momento no se ha informado sobre personas detenidas ni sobre una postura oficial definitiva de las autoridades municipales de Xonacatlán o Toluca respecto a la operación del sitio.
SCJN había determinado que el relleno sanitario incumplía normas
El conflicto tiene como antecedente una resolución de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, dentro del amparo en revisión 237/2020, en la que se determinó que el relleno sanitario de residuos sólidos ubicado en la Mina Paulina, paraje Los Gavilanes, en San Miguel Mimiapan, incumplía los numerales 6.1.3 y 6.1.6 de la NOM-083-SEMARNAT-2003. La Corte estableció que el sitio contravenía disposiciones relacionadas con la distancia respecto de viviendas y cuerpos de agua.
En esa resolución, la Suprema Corte precisó que la distancia mínima entre un sitio de disposición final y cuerpos de agua superficiales con caudal continuo debe ser de 500 metros, sin importar si el cuerpo de agua se encuentra contaminado o no. También concluyó que la operación del relleno en esas condiciones vulneraba el derecho de los habitantes a un medio ambiente sano, equilibrado y seguro.
La sentencia no solo reconoció el incumplimiento ambiental, sino que ordenó la elaboración de un plan de regularización, con obras de ingeniería, tecnologías y sistemas que demostraran efectos equivalentes al cumplimiento de la norma.
Ese proceso no podía exceder 12 meses y debía incluir autorizaciones ambientales, además de una reunión pública de información con la comunidad quejosa para explicar los impactos y medidas técnicas previstas.
Relleno sanitario de Xonacatlán había sido clausurado
El relleno sanitario fue clausurado por la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de México el 29 de mayo de 2022, luego de que inspectores estatales acudieron al predio y los representantes no exhibieron autorizaciones en materia de impacto ambiental.
La medida fue impuesta como clausura total de las actividades realizadas en el sitio, con el argumento de evitar deterioro en la zona.
Reaviva conflicto por tiradero en Xonacatlán
Vecinos sostienen que este año se reanudó el ingreso de camiones con residuos, lo que reactivó las protestas. El fallo tardó dos años en cumplirse y el sitio cerró finalmente en 2023, pero volvió a operar durante 2026, lo que derivó en nuevas movilizaciones comunitarias.
La tensión en San Miguel Mimiapan refleja un conflicto más amplio por el manejo regional de residuos en el Valle de Toluca. Para los pobladores, la posible reapertura del tiradero representa un riesgo ambiental y sanitario; para las autoridades, el caso implica resolver la disposición final de basura sin incumplir una sentencia federal ni relajar las obligaciones ambientales vigentes.
Hasta la tarde de este martes, la comunidad mantenía su rechazo al ingreso de unidades recolectoras. Los habitantes exigieron la intervención de autoridades ambientales y judiciales para impedir que el predio funcione sin que se acredite el cumplimiento de la resolución de la Suprema Corte y de la NOM-083-SEMARNAT-2003.
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MPH

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