El 25 de septiembre se publicó en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” el decreto 358 por el que se reformaron el Código Administrativo del Estado de México, la Ley de la Comisión de Impacto Estatal, la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México y la Ley de Vivienda del Estado de México, para simplificar las reglas para las autorizaciones y desarrollos urbanos.
En el Código Administrativo del Estado de México se agregan a la Secretaría de Desarrollo Urbano e Infraestructura las facultades para “autorizar, fideicomitir, gravar o afectar lotes, la subrogación y causahabiencia de derechos y obligaciones de los acuerdos de autorización”; y para “vigilar la entrega de las obras de urbanización de los condominios por parte del titular de la autorización al comité de administración o persona que administra el condominio y en caso de no estar constituido dicho comité, al municipio”.
En la Ley de la Comisión de Impacto Estatal se precisa que a la solicitud de la evaluación de impacto estatal se le anexará la “imagen satelital georreferenciada con coordenadas UTM (Universal Transverse Mercator) por cada vértice del polígono, de la localización del predio o predios, acotando las medidas, colindancias y la superficie total y, en su caso, la superficie arrendada u otorgada en comodato, que coincidan con el documento que acredite la propiedad o posesión presentado ante la Comisión (de Impacto Ambiental), así como precisar el domicilio del proyecto”.
En la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México se precisan las atribuciones de la Secretaría de Movilidad en cuanto a la emisión de la evaluación técnica de impacto en materia de movilidad y en la Ley de Vivienda del Estado de México se establecen como atribuciones del Instituto Mexiquense de Vivienda Social las de “gestionar, impulsar y promover políticas públicas, acciones, beneficios o programas de vivienda de alquiler; priorizando a quienes se encuentren en situación de riesgo, pobreza, vulnerabilidad o marginación”; y las de “incentivar y gestionar la participación del sector privado en los programas de vivienda social, en favor de grupos vulnerables en pobreza o pobreza extrema”.
Se señala que ese día se publicaron en dicho periódico el decreto 360, por el que se reformó la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, para ajustar los procesos de elección de las personas juzgadoras; el decreto 362, por el que se reformaron la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México y el Código Penal del Estado de México, para que se investiguen los delitos con perspectiva de género; el decreto 359, por el que se reformó el Código Administrativo del Estado de México, para fomentar la creación de áreas verdes; y el decreto 361, por el que se declaró a la técnica artesanal para la elaboración de pan de pulque del Municipio de Villa Guerrero como patrimonio cultural inmaterial del Estado.
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