Se activa contingencia ambiental fase 1 este 12 de septiembre, así aplica para el Valle de México.
Se activa la Fase I de la Contingencia Ambiental Atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México
— CAMegalópolis (@CAMegalopolis) September 12, 2026
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La Comisión Ambiental de la Megalópolis informa que a las 15:00 horas del día de hoy, se registraron concentraciones horarias máximas de ozono de 161 ppb en la estación Benito Juárez (BJU) ubicada en la Alcaldía Benito Juárez y 157 ppb en Centro de Ciencias de la Atmósfera (CCA), ubicada en la Alcaldía de Coyoacán, Ciudad de México.
Valle de Toluca ¿Aplica?
La respuesta es no, el Valle de Toluca hasta el momento continúa con niveles normales, por lo que no tiene cambios ni restricciones al transporte.
Restricciones al transporte
Mañana domingo 13 de septiembre, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas en el Valle de México:
1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, terminación de placa 1, 3, 5, 7 y 9.
3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 0 y 00, engomado rosa, terminación de placa 7 u 8.
4. Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los permisos de circulación, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
5. Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON.
6. Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
7. Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo con las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
Exenciones
- Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
- Vehículos que porten holograma “0” o “00” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color rosa y terminación de placa diferente a 7 u 8.
- Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
- Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
- Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
- Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
- Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
- Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
- Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
- Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
- Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
- Las motocicletas están exentas de la Fase I.

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