Plan B de reforma electoral mexiquense es publicado; estos fueron los ajustes

Plan B de reforma electoral. Foto: Emilio Varela

Plan B de reforma electoral mexiquense es publicado; estos fueron los ajustes

Plan B de reforma electoral mexiquense promueve la austeridad, ajusta la integración de cabildos y amplía la inclusión de personas jóvenes.

Gerardo García
Junio 4, 2026

La minuta de decreto del Plan B de la reforma electoral mexiquense se publicó y entró en vigor, la cual además de modificar la fecha de inicio y promover la austeridad, ajusta la integración de cabildos y amplía la inclusión de personas jóvenes en los procesos electorales.

El proyecto materializa modificaciones a la Constitución local, el Código Electoral y a la Ley Orgánica Municipal, que parte de cinco iniciativas presentadas por parte de las bancadas de Morena, PT y PVEM.

Ajustes en cabildo

En el contenido del decreto se establece el ajuste de la integración de los 125 Cabildos municipales, donde en más de 10 se eliminó una sindicatura.

Con lo anterior no se basará la integración de más de 14 ediles.

En la normatividad se fija que, en las demarcaciones de menos de 150 mil habitantes, el ayuntamiento estará integrado por una presidencia municipal, una sindicatura y cuatro regidurías, electas por planilla según el principio de mayoría relativa. Y habrá tres regidurías asignadas según el principio de representación proporcional (RP).

En las alcaldías de más de 150 mil y hasta 500 mil habitantes, el ayuntamiento estará integrado por una presidencia municipal, una sindicatura y cinco regidurías, electas por planilla según el principio de mayoría relativa. Sumado a cuatro regidurías asignadas por RP.

Y finalmente las localidades de más de 500 mil habitantes, el ayuntamiento estará integrado por una presidencia municipal, una sindicatura y siete regidurías, electas por planilla según el principio de mayoría relativa. Además, cinco regidurías asignadas según el principio de representación proporcional.

Paridad e inclusión de jóvenes

Por otra parte, ahora en el Código Electoral del Estado de México se incluyó no sólo garantizar el principio de paridad de género, sino que se procure la inclusión de personas jóvenes.

Y expresa que dicho sector es aquel que, al día de la jornada electoral que corresponda, tengan entre 21 y 29 años para el caso de diputaciones, y entre 18 y 29 años de edad para el caso de integrantes de ayuntamientos.

“Las autoridades señaladas en el párrafo anterior, los partidos políticos, personas precandidatas y candidatas, deberán garantizar el principio de paridad de género y procurar la inclusión de personas jóvenes para el ejercicio pleno de sus derechos políticos y electorales”, se indica en el acuerdo.

Además, se añade que “así como el respeto a los derechos humanos de las mujeres y las juventudes”.

Otro contenido del Plan B de reforma electoral

Con el Plan B de la reforma electoral mexiquense ajusta el inicio de los comicios al pasar de enero a septiembre, por lo que se deberá expedir la convocatoria a más tardar el 15 de septiembre del año anterior al que deba tener lugar la elección ordinaria.

Y el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) deberá celebrar sesión solemne y con ello emitir el banderazo de la organización de la contienda del 6 de junio de 2027.

También considera que no habrá reelección para ningún cargo público, y se  prohíbe el nepotismo a partir del 2030.

Asimiimo,  se refuerzan los requisitos de elegibilidad, por lo que nadie con deudas alimentarias o antecedentes de violencia podrá contender

Además, se establecen topes a las remuneraciones de personas consejeras y magistraturas electorales, así como demás servidoras públicas, por lo que no deberá ser mayor al de la titular del Ejecutivo Estatal.

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